Decisión (UE) 2016/784 del Consejo, de 12 de mayo de 2016, relativa a la posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE, en relación con una modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades (línea presupuestaria 04 03 01 03)
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Article 1
La posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión, en el Comité Mixto del EEE, en relación con la propuesta de modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades, se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 1
En el artículo 5, apartados 5 y 13, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos «y 2015» por «, 2015 y 2016».
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación de conformidad con el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE . Será aplicable a partir del 1 de enero de 2016.
Article 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
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