Decisión (UE) 2016/1966 del Consejo, de 20 de septiembre de 2016, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE en lo que respecta a una modificación del anexo XIX (Protección de los consumidores) del Acuerdo EEE (Sistema de resolución alternativa de litigios)
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
La posición que se ha de adoptar en nombre la Unión Europea en el Comité Mixto del EEE en lo que se refiere a la propuesta de modificación del anexo XIX (Protección de los consumidores) del Acuerdo EEE se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 1
“2 A efectos del presente artículo, la ‘residencia habitual’ se determinará con arreglo al Reglamento (CE) n.o 593/2008. a) La residencia habitual de empresas y otros organismos, constituidos o no en sociedades, será el lugar en que se encuentre su administración central. La residencia habitual de una persona física que esté ejerciendo su actividad profesional será el lugar del establecimiento principal de la actividad. b) Cuando el contrato se celebre en el curso de las operaciones de una sucursal, agencia u otro establecimiento, o si, según el contrato, la prestación debe ser realizada por tal sucursal, agencia o establecimiento, se considerará residencia habitual el lugar en el que dicha sucursal, agencia u otro establecimiento esté situado. c) La residencia habitual será la determinada en el momento de la celebración del contrato.”.
Article 2
Los textos del Reglamento (UE) n.o 524/2013, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1051 y de la Directiva 2013/11/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el […], siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE .
Article 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions