Decisión de Ejecución (UE) 2016/2359 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2016, por la que se determina que la suspensión temporal del arancel aduanero preferencial establecido en el marco del mecanismo de estabilización para el banano del Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Centroamérica, por otra, no es apropiada para las importaciones de plátanos originarios de Nicaragua para el año 2016
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Article 1
No es apropiado suspender temporalmente durante 2016 el arancel aduanero preferencial sobre las importaciones de plátanos (bananas) frescos clasificados en la partida 08039010 de la nomenclatura combinada de la Unión Europea y originarios de Nicaragua.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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