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Reglamento Delegado (UE) 2016/757 de la Comisión, de 3 de febrero de 2016, por el que se determinan aquellas operaciones relacionadas con la aplicación de reglamentos agrícolas que exigen la introducción de información en el Sistema de Información Aduanero

CELEX
32016R0757
Document type
REG_DEL
Sector
Legislation
Date of document
2016-02-03
In force since
2016-09-01
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

Las operaciones en el marco de la aplicación de la reglamentación agraria que, de conformidad con el artículo 23, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 515/97, exigen la introducción de información en el SIA serán las relativas a: a) las importaciones desde terceros países de productos sujetos a las disposiciones adoptadas en el marco de la política agrícola común y las normativas específicas adoptadas respecto de mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas; b) las exportaciones a terceros países de productos sujetos a las disposiciones adoptadas en el marco de la política agrícola común y las normativas específicas adoptadas respecto de mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas; c) los movimientos de productos sujetos a las disposiciones adoptadas en el marco de la política agrícola común y las normativas específicas adoptadas respecto de mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas, al amparo de un régimen de tránsito exterior o común y las operaciones que impliquen el almacenamiento temporal en la Unión de tales productos cuando sean reexportados desde la Unión a un tercer país; d) los movimientos dentro de la UE de productos sometidos a prohibiciones o restricciones basadas en disposiciones adoptadas en el marco de la política agrícola común y las normativas específicas adoptadas respecto de mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas o que se beneficien de la ayuda de la UE.

Article 2

Queda derogado el Reglamento (CE) n.o 696/98 de la Comisión .

Article 3

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de septiembre de 2016.

Relations

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