Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1778 de la Comisión, de 6 de octubre de 2016, por el que se impone un derecho antidumping provisional relativo a las importaciones de determinados productos planos laminados en caliente de hierro, de acero sin alear o de los demás aceros aleados, originarios de la República Popular China
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Article 1
1 Se impone un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinados productos planos laminados de hierro, de acero sin alear o de los demás aceros aleados, enrollados o sin enrollar (incluidos los productos «cortados a medida» y «de fleje estrecho»), simplemente laminados en caliente, sin chapar ni revestir. El producto afectado no incluye: los productos de acero inoxidable y de acero magnético al silicio de grano orientado, los productos de acero para herramientas y de acero rápido, los productos sin enrollar, sin motivos en relieve, de un espesor superior a 10 mm y una anchura superior o igual a 600 mm, y los productos sin enrollar, sin motivos en relieve, de un espesor superior o igual a 4,75 mm pero no superior a 10 mm y de una anchura superior o igual a 2050 mm. El producto afectado está clasificado actualmente en los códigos NC 72081000, 72082500, 72082600, 72082700, 72083600, 72083700, 72083800, 72083900, 72084000, 72085210, 72085299, 72085310, 72085390, 72085400, 72111300, 72111400, 72111900, ex72251910 (código TARIC 7225191090), 72253090, ex72254060 (código TARIC 7225406090), 72254090, ex72261910 (código TARIC 7226191090), 72269191 y 72269199, y es originario de la República Popular China.
2 Los tipos del derecho antidumping provisional aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes: PaísEmpresaTipo de derecho provisionalCódigo TARIC adicionalChinaBengang Steel Plates Co., Ltd17,1 %C157Handan Iron & Steel Group Han-Bao Co., Ltd13,2 %C158Hebei Iron & Steel Co., Ltd, sucursal de Tangshan13,2 %C159Hebei Iron & Steel Co., Ltd, sucursal de Chengde13,2 %C160Zhangjiagang Hongchang Plate Co., Ltd22,6 %C161Zhangjiagang GTA Plate Co., Ltd22,6 %C162Otras empresas que cooperaron enumeradas en el anexo I18,0 %Véase el anexo.Las demás empresas22,6 %C999
3 La aplicación de los tipos de derecho individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación de una factura comercial válida a las autoridades aduaneras de los Estados miembros en la que figurará una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que el (volumen) de (producto afectado) vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en esta factura fue fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (Código TARIC adicional) en (país afectado). Declaro que la información facilitada en la presente factura es completa y correcta». Si no se presenta tal factura, se aplicará el derecho aplicable a las demás empresas.
4 El despacho a libre práctica en la Unión del producto mencionado en el apartado 1 estará supeditado a la constitución de una garantía por un importe equivalente al del derecho provisional.
5 Salvo que se especifique otra cosa, serán aplicables las disposiciones pertinentes vigentes en materia de derechos de aduana.
Article 2
1 En un plazo de veinticinco días civiles a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, las partes interesadas podrán: a) solicitar la publicación de los hechos y las consideraciones esenciales sobre cuya base se ha adoptado el presente Reglamento; b) presentar sus observaciones por escrito a la Comisión, y c) solicitar una audiencia con la Comisión o con el Consejero Auditor en procedimientos comerciales.
2 En un plazo de veinticinco días civiles a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, las partes contempladas en el artículo 21, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo podrán presentar observaciones sobre la aplicación de las medidas provisionales.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El artículo 1 se aplicará durante un período de seis meses.
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