Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2034 de la Comisión, de 21 de noviembre de 2016, relativo a la apertura para 2017 del contingente arancelario aplicable a la importación en la Unión de determinadas mercancías originarias de Noruega que resultan de la transformación de productos agrícolas regulados por el Reglamento (UE) n.° 510/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo
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Article 1
1 Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, se abrirá el contingente arancelario libre de derechos establecido en el anexo para las mercancías originarias de Noruega enumeradas en dicho anexo y con arreglo a las condiciones especificadas en él.
2 Las normas de origen establecidas en el Protocolo n.o 3 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega de 14 de mayo de 1973 serán aplicables a las mercancías enumeradas en el anexo del presente Reglamento.
3 Se aplicará un derecho preferencial de 0,047 EUR por litro a las cantidades importadas por encima del volumen del contingente establecido en dicho anexo.
Article 2
La Comisión gestionará el contingente arancelario libre de derechos mencionado en el artículo 1, apartado 1, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 49 a 54 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2017.
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