Decisión (UE) 2017/1214 de la Comisión, de 23 de junio de 2017, por la que se establecen los criterios de la etiqueta ecológica de la UE aplicables a los detergentes lavavajillas a mano [notificada con el número C(2017) 4227] (Texto pertinente a efectos del EEE. )
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Article 1
La categoría de productos «detergentes lavavajillas a mano» comprenderá todos los detergentes incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.o 648/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo , sobre detergentes, que se comercializan y están destinados a ser utilizados para lavar a mano artículos como cristalerías, vajillas y utensilios de cocina, incluidos los cubiertos, las ollas, las sartenes y las fuentes para horno. La categoría de productos incluirá aquellos de uso tanto privado como profesional. Los productos serán mezclas de sustancias químicas y no contendrán microorganismos que hayan sido añadidos de forma deliberada por el fabricante.
Article 2
A efectos de la presente Decisión, se entenderá por: 1)«sustancias entrantes»las sustancias añadidas deliberadamente, los subproductos y las impurezas de las materias primas en la fórmula del producto final (incluida la película hidrosoluble, si se utiliza);2)«envase primario» a) en el caso de las dosis únicas en un envoltorio que deba retirarse antes de su utilización, el envoltorio de la dosis individual y el envase diseñado para constituir la unidad de distribución mínima para la venta al usuario final o al consumidor en el punto de compra, incluida la etiqueta si procede; b) en el caso de todos los demás tipos de productos, el envase diseñado para constituir la unidad de distribución mínima para la venta al usuario final o al consumidor en el punto de compra, incluida la etiqueta si procede; 3)«microplástico» partículas de tamaño inferior a 5 mm de plástico macromolecular insoluble, obtenido mediante uno de los procesos siguientes: a) un procedimiento de polimerización, como poliadición o policondensación, o un procedimiento similar, a partir de monómeros u otras sustancias de partida; b) modificación química de macromoléculas naturales o sintéticas, o c) fermentación microbiana; 4)«nanomaterial»un material natural, accidental o fabricado, que contiene partículas, sueltas o formando un agregado o aglomerado, y en el que el 50 % o más de las partículas en la granulometría numérica presenta una o más dimensiones externas en el intervalo de tamaños comprendido entre 1 y 100 nm .
Article 3
Para obtener la etiqueta ecológica de la UE en virtud del Reglamento (CE) n.o 66/2010, el detergente lavavajillas a mano pertenecerá a la categoría de productos «detergentes lavavajillas a mano», definida en el artículo 1 de la presente Decisión, y cumplir los criterios y los correspondientes requisitos de evaluación y verificación establecidos en el anexo.
Article 4
Los criterios aplicables a la categoría de productos «detergentes lavavajillas a mano», así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos durante seis años a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión.
Article 5
A efectos administrativos, se asignará a la categoría de productos «detergentes lavavajillas a mano» el código «019».
Article 6
Queda derogada la Decisión 2011/382/UE.
Article 7
1 No obstante lo dispuesto en el artículo 6, las solicitudes de etiqueta ecológica de la UE para productos pertenecientes a la categoría «detergentes lavavajillas a mano» presentadas antes de la fecha de notificación de la presente Decisión se evaluarán de conformidad con las condiciones establecidas en la Decisión 2011/382/UE.
2 Las solicitudes de etiqueta ecológica de la UE para productos pertenecientes a la categoría de productos «detergentes lavavajillas a mano» que se presenten en el plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión podrán basarse bien en los criterios de la Decisión 2011/382/UE, bien en los criterios de la presente Decisión. Esas solicitudes se evaluarán con arreglo a los criterios en los que se basen.
3 Las licencias para la etiqueta ecológica de la UE concedidas en virtud de los criterios establecidos en la Decisión 2011/382/UE podrán utilizarse durante doce meses a partir a la fecha de notificación de la presente Decisión.
Article 8
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
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