Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/393 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2016, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en lo que respecta a las plantillas y los procedimientos para la notificación y transmisión de información sobre las liquidaciones internalizadas de conformidad con el Reglamento (UE) n.° 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE. )

CELEX
32017R0393
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2016-11-11
In force since
2019-03-10
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Los internalizadores de la liquidación utilizarán la plantilla que figura en el anexo I del presente Reglamento cuando notifiquen información a la autoridad competente de conformidad con el artículo 9, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.o 909/2014. Dicha notificación se presentará en un plazo de 10 días hábiles a partir del final de cada trimestre de un año natural. La primera notificación conforme al párrafo primero se presentará en el plazo de 10 días hábiles desde el final del primer trimestre tras el 10 de marzo de 2019.

2 La autoridad competente utilizará la plantilla que figura en el anexo I del presente Reglamento cuando transmita a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) la información recibida de conformidad con el artículo 9, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.o 909/2014. Dicha información se transmitirá en un plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de recepción de cada una de las notificaciones a que se refiere el apartado 1 del presente artículo.

3 La plantilla que figura en el anexo I se cumplimentará de conformidad con las instrucciones expuestas en el anexo II.

4 La autoridad competente utilizará la plantilla que figura en el anexo III cuando informe a la AEVM de cualquier riesgo que pueda derivarse de la actividad de liquidación internalizada. La información sobre cualquier riesgo potencial derivado de la actividad de liquidación internalizada se presentará en un plazo de 30 días hábiles a partir del final de cada trimestre de un año natural. La autoridad competente cumplimentará dicha plantilla de conformidad con las instrucciones expuestas en el anexo IV.

5 La información mencionada en los apartados 1, 2 y 4 se facilitará en un formato legible por máquina.

Article 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 10 de marzo de 2019.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions