Reglamento (UE) 2017/627 de la Comisión, de 3 de abril de 2017, que modifica los anexos II, III y V del Reglamento (CE) n.° 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos del fenpiroximato, el triadimenol y el triadimefón en determinados productos (Texto pertinente a efectos del EEE. )
Text
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Article 1
Los anexos II, III y V del Reglamento (CE) n.o 396/2005 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2
Por lo que respecta a las sustancias activas fenpiroximato, triadimenol y triadimefón en todos los productos, el Reglamento (CE) n.o 396/2005 en su versión anterior a las modificaciones introducidas por el presente Reglamento seguirá siendo aplicable a los productos cuya producción haya tenido lugar antes del 27 de octubre de 2017.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 27 de octubre de 2017.
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