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Reglamento (UE) 2017/1135 de la Comisión, de 23 de junio de 2017, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) n.° 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de dimetoato y ometoato en determinados productos (Texto pertinente a efectos del EEE. )

CELEX
32017R1135
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
2017-06-23
In force since
2018-01-17
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

Los anexos II y III del Reglamento (CE) n.o 396/2005 se modifican con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Article 2

Por lo que respecta a la sustancia activa dimetoato en todos los productos, excepto los melones, el Reglamento (CE) n.o 396/2005, en su versión anterior a las modificaciones introducidas por el presente Reglamento, seguirá siendo aplicable a los productos que hayan sido producidos antes del 17 de enero de 2018.

Article 3

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 17 de enero de 2018.

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