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Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1480 de la Comisión, de 16 de agosto de 2017, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinados artículos de hierro de fundición originarios de la República Popular China

CELEX
32017R1480
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2017-08-16
In force since
2017-08-18
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Se impone un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinados artículos de hierro de fundición con grafito laminar (hierro gris) o hierro de fundición de grafito esferoidal (también conocido como hierro de fundición maleable), y sus partes, clasificados actualmente en los códigos NC ex73251000 (código TARIC 7325100031) y ex73259910 (código TARIC 7325991051) y originarios de la República Popular China. Estos artículos son del tipo utilizado para: la cobertura de sistemas de superficie o subterráneos y/o del acceso a sistemas de superficie o subterráneos, y el acceso a sistemas de superficie o subterráneos y/o la observación de sistemas de superficie o subterráneos. Los artículos pueden estar mecanizados, recubiertos, pintados y/o combinados con otros materiales, como, entre otros, hormigón, losetas o tejas. Están excluidos de la definición del producto afectado los siguientes tipos de productos: las rejillas para canalizaciones sujetas a la norma EN 1433, para instalarse como un componente en canalizaciones de polímero, plástico u hormigón que permitan que las aguas superficiales fluyan por la canalización, bocas de incendio.

2 Los tipos del derecho antidumping provisional aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes: EmpresaDerecho antidumping provisional (%)Código TARIC adicionalBotou City Wangwu Town Tianlong Casting Factory25,3C221Botou Lisheng Casting Industry Co., Ltd39,1C222Fengtai (Handan) Alloy Casting Co., Ltd42,8C223Hong Guang Handan Cast Foundry Co., Ltd28,9C224Shijiazhuang Transun Metal Products Co., Ltd33,1C225Otras empresas que cooperaron enumeradas en el anexo33,1Véase el anexoTodas las demás empresas42,8C999

3 La aplicación de los tipos de derechos individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que (el volumen) de (producto afectado) a que se refiere la presente factura, vendido para su exportación a la Unión Europea, ha sido fabricado por (nombre y domicilio social de la empresa) (código TARIC adicional) en (el país afectado). Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». En caso de que no se presente esta factura, será aplicable el derecho calculado para todas las demás empresas.

4 El despacho a libre práctica en la Unión del producto mencionado en el apartado 1 estará supeditado a la constitución de una garantía por un importe equivalente al del derecho provisional.

5 Salvo especificación en contrario, serán aplicables las disposiciones pertinentes vigentes en materia de derechos de aduana.

Article 2

1 En un plazo de veinticinco días civiles a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, las partes interesadas podrán: a) solicitar la publicación de los hechos y las consideraciones esenciales sobre cuya base se ha adoptado el presente Reglamento; b) presentar sus observaciones por escrito a la Comisión; así como c) solicitar una audiencia con la Comisión o con el Consejero Auditor en procedimientos comerciales.

2 En un plazo de veinticinco días civiles a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, las partes contempladas en el artículo 21, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/1036 podrán presentar observaciones sobre la aplicación de las medidas provisionales.

Article 3

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El artículo 1 se aplicará durante un período de seis meses.

Relations

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