Reglamento (UE) 2018/685 de la Comisión, de 3 de mayo de 2018, que modifica los anexos II, III y IV del Reglamento (CE) n.o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de la abamectina, la cerveza, el fluopiram, el fluxapiroxad, la hidrazida maleica, el polvo de semillas de mostaza y la teflutrina en determinados productos (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
Los anexos II, III y IV del Reglamento (CE) n.o 396/2005 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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