Decisión (UE) 2019/1028 del Consejo, de 14 de junio de 2019, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo de Miembros del Consejo Oleícola Internacional en lo que respecta a las normas comerciales aplicables a los aceites de oliva y los aceites de orujo de oliva
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Consejo de Miembros durante su 109. sesión que se celebrará del 17 al 21 de junio de 2019, o en el marco de un procedimiento de adopción de decisiones por parte del Consejo de Miembros mediante un intercambio de correspondencia que se inicie antes de su próxima sesión ordinaria de noviembre de 2019, en lo que respecta a las normas comerciales aplicables a los aceites de oliva y los aceites de orujo de oliva, queda establecida en el anexo.
Article 2
Si la posición mencionada en el artículo 1 puede resultar afectada por nueva información científica o técnica que se presente antes de la 109. sesión del Consejo de Miembros o en su transcurso, la Unión solicitará el aplazamiento, hasta que se establezca la posición de la Unión en función de esa nueva información, de la adopción por el Consejo de Miembros de decisiones que modifiquen las normas comerciales aplicables a los aceites de oliva y los aceites de orujo de oliva.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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