Reglamento Delegado (UE) 2019/334 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 en lo que respecta a los plazos de presentación de las declaraciones sumarias de entrada y las declaraciones previas a la salida en caso de transporte por vía marítima desde y hacia el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, las Islas Anglonormandas y la Isla de Man
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Article 1
El Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 se modifica como sigue: 1) En el artículo 105, letra c), se añade el inciso siguiente: «vi) todos los puertos del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de las Islas Anglonormandas y de la Isla de Man;». 2) En el artículo 244, apartado 1, letra a), el inciso ii) se sustituye por lo siguiente: «ii) para la circulación de cargamentos en contenedores entre el territorio aduanero de la Unión y Groenlandia, las Islas Feroe, Islandia o puertos del Mar Báltico, del Mar del Norte, del mar Negro o del Mediterráneo, todos los puertos de Marruecos y todos los puertos del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de las Islas Anglonormandas y de la Isla de Man, a más tardar dos horas antes de la partida de un puerto situado en el territorio aduanero de la Unión;».
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del día siguiente a la fecha en que los Tratados dejen de aplicarse al Reino Unido y en el Reino Unido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 50, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea. No obstante, el presente Reglamento no se aplicará si a más tardar en esa fecha ha entrado en vigor un acuerdo de retirada celebrado con el Reino Unido, de conformidad con el artículo 50, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea.
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