Reglamento (UE) 2019/1015 de la Comisión, de 20 de junio de 2019, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) n.° 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de aminopiralida, captán, ciazofamida, flutianilo, cresoxim-metilo, lambda-cihalotrina, mandipropamid, piraclostrobina, espiromesifeno, espirotetramat, teflubenzurón y tetraconazol en determinados productos (Texto pertinente a efectos del EEE.)
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Article 1
Los anexos II y III del Reglamento (CE) n.o 396/2005 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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