Reglamento (UE) 2019/1582 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2019, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) n.° 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos del imazalil en determinados productos (Texto pertinente a efectos del EEE.)
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
Los anexos II y III del Reglamento (CE) n.o 396/2005 se modifican con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2
El Reglamento (CE) n.o 396/2005, en su versión anterior a las modificaciones introducidas por el presente Reglamento, seguirá siendo aplicable a los productos que fueron producidos o importados en la Unión antes del 16 de abril de 2020, excepto a toronjas o pomelos, naranjas, manzanas, peras, nísperos, plátanos, patatas e hígado de bovino.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 16 de abril de 2020.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions