Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1730 de la Comisión de 15 de octubre de 2019 por el que se fijan, para el ejercicio contable de 2020 del FEAGA, los tipos de interés que habrán de aplicarse para calcular los gastos de financiación de las intervenciones consistentes en operaciones de compra, almacenamiento y salida de existencias
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Article 1
En lo que respecta a los gastos de financiación que contraigan los Estados miembros al movilizar los fondos destinados a la compra de productos de intervención con cargo al ejercicio contable de 2020 del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), los tipos de interés que prevé en su anexo I el Reglamento Delegado (UE) n.o 906/2014 en aplicación de su artículo 3, apartado 1, letra a), quedan fijados en el 0 %.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de octubre de 2019.
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