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Reglamento Delegado (UE) 2020/1298 de la Comisión de 13 de julio de 2020 que modifica el anexo del Reglamento (UE) 2019/452 del Parlamento Europeo y del Consejo, para el control de las inversiones extranjeras directas en la Unión

CELEX
32020R1298
Document type
REG_DEL
Sector
Legislation
Date of document
2020-07-13
In force since
2020-09-19
End of validity
2028-01-16
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

El anexo del Reglamento (UE) 2019/452 se modifica como sigue: 1) El punto 3 se sustituye por el texto siguiente: «3. Horizonte 2020, incluidos programas de investigación y desarrollo con arreglo al artículo 185 del TFUE y empresas comunes o cualquier otra estructura creada de conformidad con el artículo 187 del TFUE: Reglamento (UE) n.o 1291/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) y por el que se deroga la Decisión n.o 1982/2006/CE (DO L 347 de 20.12.2013, p. 104), incluidas las acciones relativas a las tecnologías de capacitación esenciales, como la inteligencia artificial, la robótica, los semiconductores y la ciberseguridad.». 2) El punto 8 se sustituye por el texto siguiente: «8. Cooperación estructurada permanente (PESCO): Decisión (PESC) 2018/340 del Consejo, de 6 de marzo de 2018, por la que se establece la lista de proyectos que deben desarrollarse en el marco de la Cooperación Estructurada Permanente (CEP) (DO L 65 de 8.3.2018, p. 24). Decisión (PESC) 2018/1797 del Consejo, de 19 de noviembre de 2018, que modifica y actualiza la Decisión (PESC) 2018/340 por la que se establece la lista de proyectos que deben desarrollarse en el marco de la Cooperación Estructurada Permanente (CEP) (DO L 294 de 21.11.2018, p. 18). Decisión (PESC) 2019/1909 del Consejo, de 12 de noviembre de 2019, que modifica y actualiza la Decisión (PESC) 2018/340 por la que se establece la lista de proyectos que deben desarrollarse en el marco de la Cooperación Estructurada Permanente (DO L 293 de 14.11.2019, p. 113).». 3) Se añaden los puntos 9, 10 y 11 siguientes: «9. Acción preparatoria sobre la preparación del nuevo programa Govsatcom de la Unión: Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012, y en particular su artículo 58, apartado 2, letra b) (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1). 10. Acción Preparatoria sobre Investigación en materia de Defensa: Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012, y en particular su artículo 58, apartado 2, letra b) (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1). 11. Empresa Común Europea para el ITER: Decisión 2007/198/Euratom del Consejo, de 27 de marzo de 2007, por la que se establece la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión y por la que se le confieren ventajas (DO L 90 de 30.3.2007, p. 58).».

Article 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El presente Reglamento se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea una vez que haya expirado el plazo para la formulación de objeciones por parte del Parlamento Europeo o del Consejo, o una vez que tanto el Parlamento Europeo como el Consejo hayan informado a la Comisión de que no formularán ninguna objeción, de conformidad con el artículo 16, apartado 6, del Reglamento (UE) 2019/452.

Relations

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Versions

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