Reglamento de Ejecución (UE) 2021/120 de la Comisión de 2 de febrero de 2021 por el que se autoriza la comercialización del polvo de semillas de colza parcialmente desgrasadas obtenido de Brassica rapa L. y Brassica napus L. como nuevo alimento con arreglo al Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 de la Comisión (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
1 El polvo de semillas de colza parcialmente desgrasadas obtenido de Brassica rapa L. y Brassica napus L. especificado en el anexo del presente Reglamento se incluirá en la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470.
2 La entrada en la lista de la Unión contemplada en el apartado 1 incluirá las condiciones de uso y los requisitos de etiquetado que se establecen en el anexo.
Article 2
El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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