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Reglamento Delegado (UE) 2021/525 de la Comisión de 19 de octubre de 2020 por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (Texto pertinente a efectos del EEE)

CELEX
32021R0525
Document type
REG_DEL
Sector
Legislation
Date of document
2020-10-19
In force since
2021-04-15
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 528/2012 se modifica de conformidad con el anexo I del presente Reglamento. El anexo III del Reglamento (UE) n.o 528/2012 se modifica de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.

Article 2

No obstante la fecha de aplicación del presente Reglamento establecida en el artículo 3, las solicitudes de aprobación de una sustancia activa y las solicitudes de autorización de un biocida presentadas antes del 15 de abril de 2022 se evaluarán sobre la base de los requisitos de información aplicables el día de su presentación.

Article 3

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 15 de abril de 2022. No obstante, los solicitantes podrán optar por aplicar los requisitos de datos que figuran en los anexos I y II del presente Reglamento a partir del 15 de abril de 2021.

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