Reglamento de Ejecución (UE) 2021/951 de la Comisión de 11 de junio de 2021 que fija para el año civil 2021 el porcentaje de ajuste de los pagos directos de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
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Article 1
1 A efectos de la fijación del porcentaje de ajuste de acuerdo con los artículos 25 y 26 del Reglamento (UE) n.o 1306/2013, y de conformidad con el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1307/2013, los importes de los pagos directos en virtud de los regímenes de ayuda enumerados en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 que superen la cantidad de 2000 EUR y deban concederse a los agricultores por las solicitudes de ayuda presentadas con respecto al año civil 2021 se reducirán aplicándoles un porcentaje de ajuste del 1,658907 %.
2 La reducción prevista en el apartado 1 no se aplicará a Croacia.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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