Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Reglamento Delegado (UE) 2021/1341 de la Comisión de 23 de abril de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/2144 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de normas detalladas sobre los procedimientos de ensayo y los requisitos técnicos específicos para la homologación de tipo de los vehículos de motor por lo que respecta a sus sistemas de advertencia de somnolencia y pérdida de atención del conductor, y por el que se modifica el anexo II de dicho Reglamento (Texto pertinente a efectos del EEE)

CELEX
32021R1341
Document type
REG_DEL
Sector
Legislation
Date of document
2021-04-23
In force since
2022-07-06
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Ámbito de aplicación

El presente Reglamento es de aplicación para los vehículos de motor de las categorías M y N, tal como se definen en el artículo 4, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo , con una velocidad máxima por construcción superior a 70 km/h.

Article 2 Requisitos técnicos para los sistemas de advertencia de somnolencia y pérdida de atención del conductor

Los requisitos técnicos para la homologación de vehículos de motor con respecto a los sistemas de advertencia de somnolencia y pérdida de atención del conductor se establecen en el anexo I, parte 1.

Article 3 Procedimientos para la validación de los sistemas de advertencia de somnolencia y pérdida de atención del conductor

Los procedimientos para la validación de los sistemas de advertencia de somnolencia y pérdida de atención del conductor se establecen en el anexo I, parte 2.

Article 4

Procedimientos para la evaluación de la documentación técnica y los ensayos de verificación Los procedimientos para la evaluación de la documentación técnica presentada por el fabricante y para los ensayos de verificación por parte de las autoridades de homologación y los servicios técnicos se establecen en el anexo I, parte 3.

Article 5 Modificación del Reglamento (UE) 2019/2144

El anexo II del Reglamento (UE) 2019/2144 se modifica de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.

Article 6 Entrada en vigor y aplicación

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 6 de julio de 2022.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions