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Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2170 de la Comisión de 7 de diciembre de 2021 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de hojas de aluminio convertible originarias de la República Popular China

CELEX
32021R2170
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2021-12-07
In force since
2021-12-09
End of validity
2026-12-09
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Se establece un derecho antidumping definitivo a las importaciones de hojas de aluminio convertible de espesor inferior a 0,021 mm, sin soporte, simplemente laminadas y presentadas en rollos de peso superior a 10 kg, clasificadas actualmente con el código NC ex76071119 (códigos TARIC 7607111960 y 7607111991) y originarias de la República Popular China.

2 Los siguientes productos se excluirán del producto descrito en el apartado 1: Hojas de aluminio para uso doméstico de un espesor superior o igual a 0,008 mm e inferior o igual a 0,018 mm, sin soporte, simplemente laminadas, presentadas en rollos de una anchura inferior o igual a 650 mm y con un peso superior a 10 kg. Hojas de aluminio para uso doméstico de un espesor superior o igual a 0,007 mm e inferior a 0,008 mm, independientemente de la anchura de los rollos, recocidas o no. Hojas de aluminio para uso doméstico de un espesor superior o igual a 0,008 mm e inferior o igual a 0,018 mm y presentadas en rollos de una anchura superior a 650 mm, recocidas o no. Hojas de aluminio para uso doméstico de un espesor superior a 0,018 mm e inferior a 0,021 mm, independientemente de la anchura de los rollos, recocidas o no.

3 Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y fabricado por las empresas enumeradas a continuación serán los siguientes: EmpresaDerecho antidumping definitivo (porcentaje)Código TARIC adicionalJiangsu Zhongji Lamination Materials Co., Ltd.28,5 %C686Xiamen Xiashun Aluminium Foil Co., Ltd.15,4 %C687Yantai Donghai Aluminum Foil Co., Ltd.24,7 %C688Otras empresas que cooperaron (anexo)23,6 %Todas las demás empresas28,5 %C999

4 La aplicación de los tipos de derecho individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 3 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que (volumen) de (producto afectado) vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en esta factura ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en [país afectado]. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». En caso de que no se presente esta factura, será aplicable el derecho calculado para las demás empresas.

5 Salvo que se disponga lo contrario, se aplicarán las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.

Article 2

El artículo 1, apartado 3, podrá ser modificado para añadir nuevos productores exportadores de la República Popular China, quedando estos, así, sujetos al tipo de derecho antidumping medio ponderado apropiado aplicable a las empresas cooperantes no incluidas en la muestra. Cualquier productor exportador nuevo deberá demostrar que: a) no ha exportado los productos descritos en el artículo 1, apartado 1 durante el período de investigación (1 de julio de 2019 a 30 de junio de 2020); b) no está vinculado a ningún exportador o productor sujeto a las medidas establecidas en el presente Reglamento; y c) ha exportado realmente los productos descritos en el artículo 1, apartado 1, o ha contraído una obligación contractual irrevocable de exportar una cantidad significativa a la Unión después del fin del período de investigación.

Article 3

Se percibirán de manera definitiva los importes garantizados por el derecho antidumping provisional establecido mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/983. Se liberarán los importes garantizados superiores a los tipos definitivos del derecho antidumping.

Article 4

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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