Reglamento de Ejecución (UE) 2022/468 de la Comisión de 23 de marzo de 2022 por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de calcio silicio originarias de la República Popular China
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Article 1
1 Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de calcio silicio clasificado actualmente en los códigos NC ex72029980 y ex28500060 (códigos TARIC 7202998030 y 2850006091) y originario de la República Popular China.
2 Los tipos de derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y fabricado por las empresas que se enumeran a continuación serán los siguientes: PaísEmpresaDerecho antidumping definitivoCódigo adicional TARICChinaNingxia Ketong New Material Technology Co. Ltd, Hongguozi Industrial Zone, Huinong District, Shizuishan City, Ningxia Province31,5 %C721ChinaNingxia Shun Tai Smelting Co., Ltd, Zhongwei Industrial Park, Zhongwei City, Ningxia Province42,7 %C722ChinaShaanxi Shenghua Metallurgy-Chemical Co. Ltd, Yangxian Eco- Industrial Park, Hanzhong City, Shaanxi Province32,8 %C723ChinaTodas las demás empresas50,7 %C999
3 La aplicación de los tipos de derecho individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que la totalidad de (volumen) de (producto afectado) vendida para su exportación a la Unión Europea, consignada en esta factura, ha sido fabricada por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en [país afectado]. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». En caso de que no se presente esta factura, será aplicable el derecho calculado para las demás empresas.
4 Salvo disposición en contrario, se aplicarán las disposiciones pertinentes vigentes en materia de derechos de aduana.
Article 2
Los importes garantizados por el derecho antidumping provisional en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1811 se percibirán de manera definitiva. Se liberarán los importes garantizados superiores a los tipos definitivos del derecho antidumping.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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