Decisión de Ejecución (UE) 2023/2143 de la Comisión, de 13 de octubre de 2023, por la que se renueva la autorización de comercialización de productos que contengan, estén compuestos o se hayan producido a partir de maíz modificado genéticamente MIR162 con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifican las Decisiones de Ejecución (UE) 2016/1685, (UE) 2019/1305 y (UE) 2019/2087 de la Comisión en lo que respecta al material de referencia [notificada con el número C(2023) 6736]
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Article 1 Organismo modificado genéticamente e identificador único
De conformidad con el Reglamento (CE) n.o 65/2004, se asigna al maíz modificado genéticamente (Zea mays L.) MIR162, especificado en el anexo, el identificador único SYN-IR162-4.
Article 2 Renovación de la autorización
Se renueva la autorización de comercialización de los siguientes productos en lo que se refiere a: a) alimentos e ingredientes alimentarios que contengan, estén compuestos o se hayan producido a partir de maíz modificado genéticamente SYN-IR162-4; b) piensos que contengan, estén compuestos o se hayan producido a partir de maíz modificado genéticamente SYN-IR162-4; c) productos que contengan o estén compuestos de maíz modificado genéticamente SYN-IR162-4 para usos distintos de los contemplados en las letras a) y b), a excepción del cultivo.
Article 3 Etiquetado
1 A los efectos de los requisitos de etiquetado establecidos en el artículo 13, apartado 1, y el artículo 25, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1829/2003, así como en el artículo 4, apartado 6, del Reglamento (CE) n.o 1830/2003, el nombre del organismo será «maíz».
2 En la etiqueta de los productos que contengan o estén compuestos del maíz modificado genéticamente SYN-IR162-4 a que se refiere el artículo 1 y en los documentos que los acompañen deberá figurar el texto «no apto para cultivo», a excepción de los productos a que se refiere el artículo 2, letra a).
Article 4 Método de detección
Para la detección del maíz modificado genéticamente SYN-IR162-4 se aplicará el método que figura en la letra d) del anexo.
Article 5 Plan de seguimiento de los efectos medioambientales
1 El titular de la autorización se asegurará de que se establezca y se ejecute el plan de seguimiento de los efectos medioambientales especificado en la letra h) del anexo.
2 El titular de la autorización deberá presentar a la Comisión informes anuales sobre la ejecución y los resultados de las actividades establecidas en el plan de seguimiento, conforme al formato establecido en la Decisión 2009/770/CE.
Article 6 Registro comunitario
La información que figura en el anexo se introducirá en el registro comunitario de alimentos y piensos modificados genéticamente al que se refiere el artículo 28, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1829/2003.
Article 7 Titular de la autorización
El titular de la autorización será Syngenta Crop Protection AG, representada en la Unión por Syngenta Crop Protection NV/SA.
Article 8 Validez
La presente Decisión será aplicable durante un período de diez años a partir de la fecha de su notificación.
Article 9 Modificación de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/1685
En el anexo, letra d), el punto 3 se sustituye por el texto siguiente: «3) Material de referencia: ERM®-BF412 (para SYN-BTØ11-1), ERM®-BF446 (para SYN-IR162-4) y ERM®-BF423 (para SYN-IR6Ø4-5), accesibles a través del Centro Común de Investigación (JRC) de la Comisión Europea en https://crm.jrc.ec.europa.eu/, y AOCS 0407-A y AOCS 0407-B (para MON-ØØØ21-9), accesibles a través de la American Oil Chemists Society en https://www.aocs.org/crm.».
Article 10 Modificación de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1305
En el anexo, letra d), el punto 3 se sustituye por el texto siguiente: «3) Material de referencia: ERM®-BF412 (para SYN-BTØ11-1), ERM®-BF446 (para SYN-IR162-4) y ERM®-BF418 (para DAS-Ø15Ø7-1) son accesibles a través del Centro Común de Investigación (JRC) de la Comisión Europea en https://crm.jrc.ec.europa.eu/, y AOCS 0407-A y AOCS 0407-B (para MON-ØØØ21-9) son accesibles a través de la American Oil Chemists Society en https://www.aocs.org/crm.».
Article 11 Modificación de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/2087
En el anexo, letra d), el punto 3 se sustituye por el texto siguiente: «3) Material de referencia: ERM®-BF412 (para SYN-BTØ11-1), ERM®-BF446 (para SYN-IR162-4), ERM®-BF423 (para SYN-IR6Ø4-5) y ERM®-BF418 (para DAS-Ø15Ø7-1) son accesibles a través del Centro Común de Investigación (JRC) de la Comisión Europea en https://crm.jrc.ec.europa.eu/, y AOCS 0411-C y 0411-D (para SYN-Ø53Ø7-1) y AOCS 0407-A y 0407-B (para MON-ØØØ21-9) son accesibles a través de la American Oil Chemists Society en https://www.aocs.org/crm.».
Article 12 Destinatario
El destinatario de la presente Decisión es Syngenta Crop Protection AG, Rosentalstrasse 67, CH-4058 Basel (Suiza), representada en la Unión por Syngenta Crop Protection NV/SA, Avenue Louise 489, 1050 Bruselas (Bélgica).
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