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Directiva de Ejecución (UE) 2023/1438 de la Comisión de 10 de julio de 2023 por la que se modifican las Directivas 2003/90/CE y 2003/91/CE en lo que respecta a los protocolos para el examen de determinadas variedades de especies de plantas agrícolas y de especies de plantas hortícolas (Texto pertinente a efectos del EEE)

CELEX
32023L1438
Document type
DIR_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2023-07-10
In force since
2023-07-31
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Modificaciones de la Directiva 2003/90/CE

Los anexos I y II de la Directiva 2003/90/CE se sustituyen por el texto que figura en la parte A del anexo de la presente Directiva.

Article 2 Modificaciones de la Directiva 2003/91/CE

Los anexos de la Directiva 2003/91/CE se sustituyen por el texto que figura en la parte B del anexo de la presente Directiva.

Article 3 Transposición

1 Los Estados miembros adoptarán y publicarán, a más tardar el 31 de diciembre de 2023, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones. Aplicarán dichas disposiciones a partir del 1 de enero de 2024. Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, estas harán referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

2 Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.

Article 4 Medidas transitorias

En el caso de los exámenes oficiales de variedades que se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2024 pero aún no hayan finalizado, las Directivas 2003/90/CE y 2003/91/CE serán aplicables en su versión anterior a las modificaciones que introduce la presente Directiva.

Article 5 Entrada en vigor

La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Article 6 Destinatarios

Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.

Relations

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