Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1330 de la Comisión de 29 de junio de 2023 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinado papel térmico ligero originario de la República de Corea a raíz de una reconsideración por expiración con arreglo al artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo
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Article 1
1 Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinado papel térmico ligero de peso inferior o igual a 65 g/m2; que se presenta en rollos de una anchura superior o igual a 20 cm, de un peso por rollo (incluido el papel) superior o igual a 50 kg, y de un diámetro del rollo (incluido el papel) de 40 cm o más («rollos de gran formato»); que puede llevar una capa de base en uno o en ambos lados; que está recubierto con una sustancia termosensible por uno o ambos lados; y que puede llevar una capa superior, clasificado actualmente en los códigos NC ex48099000, ex48119000, ex48169000 y ex48239085 (códigos TARIC: 4809900010, 4811900010, 4816900010, 4823908520), originario de la República de Corea.
2 El tipo de derecho antidumping definitivo aplicable al producto descrito en el apartado 1 será un importe fijo de 103,16 EUR por tonelada neta.
3 Salvo que se disponga otra cosa, se aplicarán las disposiciones pertinentes vigentes en materia de derechos de aduana.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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