Resolución del Consejo, de 28 de mayo de 1969, por la que se establece un programa para la eliminación de los obstáculos técnicos a los intercambios de productos alimenticios, resultantes de disparidades entre las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros Diario Oficial n° C 076 de 17/06/1969 p. 0005 - 0007 Edición especial en español: Capítulo 13 Tomo 1 p. 0161 Edición especial en portugués: Capítulo 13 Tomo 1 p. 0161 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO de 28 de mayo de 1969 por la que establece un programa para la eliminación de los obstáculos técnicos a los intercambios de productos alimenticios, resultantes de disparidades entre las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Considerando que, a pesar de la abolición entre los Estados miembros de los derechos de aduana y de las restricciones cuantitativas así como de las exacciones y medidas de efecto equivalente, los intercambios de productos alimenticios se ven aún obstaculizados debido a la existencia de disparidades entre las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros; que, a fin de acelerar la aproximación de dichas disposiciones, es necesario adoptar un programa que tenga en cuenta, a la vez, la importancia de dichos obstáculos y el estado actual de los trabajos emprendidos para su eliminación; que, no obstante, se podrán aportar a dicho programa eventuales modificaciones;
Adopta el siguiente programa para la eliminación de los obstáculos técnicos a los intercambios de productos alimenticios, resultantes de disparidades entre las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros. Dicho programa podrá ser modificado a propuesta de la Comisión. PRIMERA FASE Decisión del Consejo: antes del 1 de julio de 1965: Agentes antioxidantes Carnes preparadas Cacao y chocolate Confituras, mermeladas, jaleas, puré de castañas Sacarosa Mantequilla Extractos alimenticios, caldos, sopas, salsas a base de carne Pastas alimenticias Margarina SEGUNDA FASE Presentación de las propuestas al Consejo: antes del 1 de abril de 1969 Decisión del Consejo: antes del 1 de octubre de 1969 Agentes emulsionantes-estabilizantes, espesantes y gelificantes Materias y objetos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios Alimentos dietéticos Zumos y néctares de frutas Salsas emulsionadas Helados Caramelos Vinos TERCERA FASE Presentación de las propuestas al Consejo: antes del 1 de julio de 1969 Decisión de Consejo: antes del 1 de enero de 1970 Etiquetado de los productos alimenticios Azúcares Leche conservada Bebidas refrescantes Bombones Panadera Galletería y panadería fina Caseína Miel CUARTA FASE Presentación de las propuestas al Consejo: antes del 1 de enero de 1970 Decisión del Consejo: antes del 1 de julio de 1970 Aromatizantes y esencias Procedimiento de toma de muestras Almidones y féculas Pescados y preparados a base de pescados Derivados de la molinería Vinagre Cerveza Aguas minerales Especias y condimentos, incluidos los condimentos preparados (que no sean salsas emulsionadas) QUINTA FASE Presentación de las propuestas al Consejo: antes del 1 de julio de 1970 Decisión del Consejo: antes del 1 de enero de 1971 Aceites y grasas Quesos Espirituosos Vinos aromatizados Extractos y esencias de café o de té Extractos de malta Tapioca Fermentos