Reglamento (CEE) n° 1525/76 del Consejo, de 24 de junio de 1976, por el que se declara celebrado el Acuerdo en forma de canje de notas relativo al artículo 23 del Acuerdo de Cooperación y al artículo 6 del Acuerdo Provisional entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos y referente a la importación en la Comunidad de salvados y moyuelos originarios de Marruecos Diario Oficial n° L 169 de 28/06/1976 p. 0053 - 0053 Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 3 p. 0022 Edición especial griega: Capítulo 11 Tomo 8 p. 0108 Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 3 p. 0022 Edición especial en español:
Capítulo 03 Tomo 10 p. 0173 Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 10 p. 0173 REGLAMENTO ( CEE ) N º 1525/76 DEL CONSEJO de 24 de junio de 1976 por el que se declara celebrado el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo al artículo 23 del Acuerdo de Cooperación y al artículo 6 del Acuerdo Provisional entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos y referente a la importación en la Comunidad de salvados y moyuelos originarios de Marruecos EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 113 , Vista la recomendación de la Comisión , Considerando que el 27 de abril de 1976 se ha firmado el Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos ;
Considerando que el Acuerdo Provisional (1) destinado a permitir la aplicación anticipada de las disposiciones comerciales del Acuerdo de Cooperación , firmado el mismo día , entrará en vigor el 1 de julio de 1976 ; Considerando que es conveniente celebrar el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo al artículo 23 del Acuerdo de Cooperación y al artículo 16 del Acuerdo Provisional entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos y referente a la importación en la Comunidad de salvados y moyuelos originarios de Marruecos , HA ADAPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO : Artículo 1 Queda celebrado en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo al artículo 23 del Acuerdo de Cooperación y al artículo 16 del Acuerdo Provisional entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos y referente a la importación en la Comunidad de salvados y moyuelos originarios de Marruecos .
El texto del Acuerdo se adjunta al presente Reglamento . Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad (2) . Artículo 3 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas . El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro . Hecho en Bruselas , el 24 de junio de 1976 . Por el Consejo El Presidente G. THORN (1) DO n º L 141 de 28 . 5 . 1976 , p. 98 . (2) La fecha de la firma del Acuerdo se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .