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79/505/CEE: Decisión del Consejo, de 8 de mayo de 1979, referente a la celebración del Protocolo del Acuerdo para la importación de objetos de carácter educativo, científico o cultural

CELEX
31979D0505
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
1979-05-08
In force since
1979-05-08
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

79/505/CEE: Decisión del Consejo, de 8 de mayo de 1979, referente a la celebración del Protocolo del Acuerdo para la importación de objetos de carácter educativo, científico o cultural Diario Oficial n° L 134 de 31/05/1979 p. 0013 - 0013 Edición especial griega: Capítulo 16 Tomo 1 p. 0040 Edición especial en español: Capítulo 02 Tomo 6 p. 0010 Edición especial en portugués: Capítulo 02 Tomo 6 p. 0010 ++++ DECISION DEL CONSEJO de 8 de mayo de 1979 referente a la celebracion del Protocolo del Acuerdo para la importacion de objetos de caracter educativo , cientifico o cultural ( 79/505/CEE ) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea , Vista la Recomendacion de la Comision , Considerando que el Acuerdo para la importacion de objetos de caracter educativo , cientifico o cultural , llamado Acuerdo de Florencia , elaborado a iniciativa de la UNESCO , esta destinado a favorecer la libre circulacion de libros , de publicaciones y de objetos que presenten un caracter educativo , cientifico o cultural ; que , con este fin , dicho Acuerdo prevé , entre otras cosas , la no aplicacion de derechos de aduana a la importacion de tales productos ;

Considerando que la decimonovena Conferencia General de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion , la Ciencia y la Cultura ( UNESCO ) aprobo , el 26 de noviembre de 1976 , un Protocolo del Acuerdo de Florencia con el objeto de extender el beneficio de la franquicia de derechos de aduana a un cierto numero de objetos que hasta entonces habian quedado excluidos de tal beneficio ; que dicho Protocolo , aunque constituye un documento complementario del Acuerdo , debe ser considerado como un instrumento distinto de este ultimo ; Considerando que , sin perjuicio de hacer uso de las posibilidades que ofrece la letra a ) de su apartado 16 , las disposiciones del Protocolo concuerdan con los objetivos de la Comunidad Economica Europea ; que es , por consiguiente , oportuno rectificar este Protocolo acompanado a esta celebracion las declaraciones previstas en la letra a ) del apartado 16 , DECIDE :

Articulo 1 1 . El Protocolo de 26 de noviembre de 1976 del Acuerdo para la importacion de objetos de caracter educativo , cientifico o cultural queda aprobado en nombre de la Comunidad Economica Europea . El texto del Protocolo figura anexo a la presente Decision . 2 . En el momento de la firma del Protocolo se declarara que la Comunidad : - no queda obligada por las partes II y IV ; - no queda obligada por el Anexo C1 , el Anexo F , el Anexo G y el Anexo H . Articulo 2 El Presidente del Consejo queda autorizado para designar a la persona habilitada para firmar el Protocolo obligando a la Comunidad .

Articulo 3 El Presidente del Consejo procedera a depositar el documento de aceptacion previsto en la letra c ) del apartado 14 del Protocolo . Hecho en Bruselas , el 8 de mayo de 1979 . Por el Consejo El Presidente P . BERNARD-REYMOND

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