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Declaraciones de Grecia previstas en el artículo 5 del Reglamento (CEE) nº 1408/71 de 14 de junio de 1971, sobre la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores asalariados y a sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad

CELEX
31981Y0613(01)
Document type
DECLAR
Sector
Legislation
Date of document
1981-06-13
In force since
1981-06-13
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Declaraciones de Grecia previstas en el artículo 5 del Reglamento (CEE) nº 1408/71 de 14 de junio de 1971, sobre la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores asalariados y a sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad Diario Oficial n° C 143 de 13/06/1981 p. 0001 - 0002 Edición especial en español: Capítulo 05 Tomo 2 p. 0231 Edición especial en portugués: Capítulo 05 Tomo 2 p. 0231 Declaraciones de Grecia previstas en el artículo 5 del Reglamento ( CEE ) 1408/71 , de 14 de junio de 1971 , sobre la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores asalariados y a sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad I .

Legislaciones y regímenes mencionados en los apartados 1 y 2 del artículo 4 del Reglamento 1 . Prestaciones de enfermedad y de maternidad y subsidios de defunción ( letras a ) y f ) del apartado 1 del artículo 4 ) del Reglamento ) i ) Disposiciones legales y reglamentarias relativas al régimen general de seguridad social ( I.K.A. !*** , Instituto de Seguros Sociales ) previsto para los trabajadores asalariados y asimilados ( ramas del seguro enfermedad-maternidad , relacionadas con las prestaciones en especie y en metálico , incluídos los subsidios por defunción ) . ii ) Disposiciones legales y reglamentarias relativas a los regímenes especiales previstos para ciertas categorías de trabajadores asalariados ( organismos aseguradores o ramas del seguro enfermedad-maternidad incluídos los subsidios por defunción ) . iii ) Disposiciones legales y reglamentarias relativas al régimen del seguro agrícola ( !*** , Organismo de seguros agrícolas ) previsto para los agricultores y que se refieren a las prestaciones de enfermedad y de maternidad , así como a los subsidios por defunción .

2 . Prestaciones de invalidez , de vejez y de supervivientes ( letras b ) , c ) y d ) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento ) i ) Disposiciones legales y reglamentarias relativas al régimen general de seguridad social ( I.K.A. ) previsto para los trabajadores asalariados y asimilados ( ramas « jubilación » , « invalidez » y « supervivientes » ) . ii ) Disposiciones legales y reglamentarias relativas a los regímenes especiales de seguridad social para ciertas categorías de trabajadores asalariados y que se refieren a las prestaciones de invalidez y de supervivientes . iii ) Disposiciones legales y reglamentarias relativas al régimen del seguro agrícola ( !*** ) que se refieren a las prestaciones en caso de invalidez y de vejez .

3 . Prestaciones de accidentes de trabajo y enfermedad profesional ( letra e ) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento ) i ) Disposiciones legales y reglamentarias relativas a las ramas del seguro enfermedad-maternidad y pensiones del régimen general de seguridad social ( I.K.A. ) previsto para los trabajadores asalariados y asimilados y que se refieren a las prestaciones en caso de accidente de trabajo o de enfermedad . ii ) Disposiciones legales y reglamentarias previstas por los regímenes especiales de seguridad social de los trabajadores asalariados y que se refieren a las prestaciones en caso de accidente de trabajo o de enfermedad profesional . iii ) Disposiciones legales y reglamentarias relativas al régimen del seguro agrícola ( !*** ) que se refieren a las prestaciones previstas por las disposiciones antedichas bajo el título de « Prestaciones de invalidez , de vejez y de supervivientes » en caso de accidente de trabajo o de enfermedad profesional ( I-2 inciso iii ) .

4 . Prestaciones de desempleo ( letra g ) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento ) Disposiciones legales y reglamentarias relativas al seguro de desempleo previsto para los trabajadores asalariados pertenecientes al régimen general del Organismo para el empleo de mano de obra ( !*** ) así como para los trabajadores asalariados incluídos en ciertos regímenes especiales . 5 . Prestaciones familiares ( letra h ) del apartado 1 del artículo 4 del Reglamento ) Disposiciones legales , administrativas y reglamentarias relativas a los subsidios familiares de los trabajadores asalariados , así como a los subsidios familiares previstos por el régimen nacional .

II . Prestaciones previstas por el artículo 50 del Reglamento Legislación relativa a las pensiones mínimas de invalidez , de vejez , y de supervivientes previstas para los trabajadores asalariados y asimilados que dependan del régimen general y de los regímenes especiales de seguridad social de los trabajadores asalariados . III . Prestaciones previstas por el artículo 77 del Reglamento Complementos por hijos , previstos por las disposiciones antedichas , bajo el título de « Prestaciones de invalidez , de vejez y de supervivientes » apartados 1 y 2 , en la medida en que se trate de pensiones de invalidez y de vejez .

IV . Prestaciones previstas por el artículo 78 del Reglamento Prestaciones para huérfanos previstas por las disposiciones antedichas bajo el título « Prestaciones de invalidez , de vejez y de supervivientes » , apartados 1 y 2 .

Relations

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