85/504/CEE: Decisión del Consejo, de 11 de noviembre de 1985, referente a la celebración del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza relativo al régimen de los intercambios para las sopas, las salsas y los condimentos Diario Oficial n° L 309 de 21/11/1985 p. 0022 - 0022 Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 11 p. 0235 Edición especial en español: Capítulo 11 Tomo 23 p. 0007 Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 11 p. 0235 Edición especial en portugués: Capítulo 11 Tomo 23 p. 0007 DECISIÓN DEL CONSEJO de 11 de noviembre de 1985 referente a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza relativo al régimen de los intercambios para las sopas , las salsas y los condimentos ( 85/504/CEE ) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 113 , Vista la propuesta de la Comisión , Considerando que , en virtud del Acuerdo , de 22 de julio de 1972 , entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza , ambas Partes Contratantes se comprometen a promover la expansión de los intercambios comerciales recíprocos ;
Considerando que conviene a los intereses de la Comunidad , por una parte , y de la Confederación Suiza , por otra , favorecer los intercambios de sopas , salsas y condimentos mediante concesiones arancelarias recíprocas ; Considerando que la Comisión ha llevado a cabo las correspondientes negociaciones con la Confederación Suiza y que estas negociaciones han permitido la celebración de un Acuerdo , DECIDE : Artículo 1 Queda aprobado , en nombre de la Comunidad , el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza relativo al régimen de los intercambios para las sopas , las salsas y los condimentos .
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión . Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona habilitada para firmar el Acuerdo a que se refiere el artículo 1 , a fin de obligar a la Comunidad . Hecho en Bruselas , el 11 de noviembre de 1985 . Por el Consejo El Presidente M. SCHLECHTER