87/434/Euratom: Dictamen de la Comisión de 28 de julio de 1987 relativo a la central nuclear de Nogent-sur- Seine (Francia) (El texto en lengua francesa es el único auténtico) Diario Oficial n° L 238 de 21/08/1987 p. 0030 - 0030 ***** DICTAMEN DE LA COMISIÓN de 28 de julio de 1987 relativo a la central nuclear de Nogent-sur-Seine (Francia) (El texto en lengua francesa es el único auténtico) (87/434/Euratom) Los datos generales relativos al plan para la evacuación de desechos radioactivos de la central nuclear de Nogent-sur-Seine, partes 1 y 2, fueron comunicados por el Gobierno francés a la Comisión de las Comunidades Europeas, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom, por carta recibida el 12 de marzo de 1987.
Durante la reunión del Grupo de Expertos creado en aplicación del Tratado, que tuvo lugar el 3 de junio de 1987 en Luxemburgo, los representantes del Gobierno francés suministraron información y precisiones complementarias. Basándose en los datos así obtenidos, y previa consulta al Grupo de Expertos, la Comisión ha formulado el siguiente dictamen: 1. La distancia entre la central de Nogent-sur-Seine y el territorio más cercano de otros Estados miembros, en este caso, Bélgica, es de unos 200 km; la República Federal de Alemania se encuentra a 270 km. 2. Durante el funcionamiento normal de la central los vertidos previstos de efluentes radioactivos gaseosos y líquidos no pueden dar lugar a una exposición que resulte significativa, desde el punto de vista de la salud, para la población de otros Estados miembros.
3. Los desechos radioactivos sólidos se depositarán in situ sólo con carácter temporal, antes de transportarlos a una de las zonas de almacenamiento bajo control estatal. Los elementos combustibles irradiados se depositarán in situ antes de transportarse a una planta de reprocesamiento. No se prevé transportar dichos materiales fuera del territorio francés. 4. En caso de vertido imprevisto de efluentes radioactivos, que podría darse como consecuencia de circunstancias accidentales del mismo tipo y alcance que las consideradas en los datos generales, las dosis que podrían recibirse en otros Estados miembros no resultarían significativas desde el punto de vista de la salud.
Se firmaron acuerdos entre Francia, por una parte, y Luxemburgo y la República Federal de Alemania, por otra, relativos a los intercambios de información en caso de incidentes o accidentes nucleares y se está elaborando un acuerdo similar con Bélgica. Dichos acuerdos permiten hacerse cargo de hipotéticos accidentes cuyas consecuencias radiológicas serían más importantes que las incluidas en los datos generales. En conclusión, la Comisión es del parecer que la aplicación del proyecto de evacuación de desechos radioactivos de la central de Nogent-sur-Seine no puede causar, tanto en condiciones normales de funcionamiento como en caso de vertidos imprevistos como consecuencia de circunstancias accidentales del mismo tipo y alcance que las consideradas en los datos generales, una contaminación significativa, desde el punto de vista de la salud, de las aguas, del suelo o del espacio aéreo de otro Estado miembro.
La destinataria del presente dictamen es la República Francesa. Hecho en Bruselas, el 28 de julio de 1987. Por la Comisión Stanley CLINTON DAVIS Miembro de la Comisión