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88/104/CEE: Dictamen de la Comisión de 26 de enero de 1988 relativo a la central nuclear de Isar 2 (República Federal de Alemania) (El texto en lengua alemana es el único auténtico)

CELEX
31988A0104
Document type
OPIN
Sector
Legislation
Date of document
1988-01-26
In force since
1988-01-29
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

88/104/CEE: Dictamen de la Comisión de 26 de enero de 1988 relativo a la central nuclear de Isar 2 (República Federal de Alemania) (El texto en lengua alemana es el único auténtico) Diario Oficial n° L 057 de 03/03/1988 p. 0035 - 0035 ***** DICTAMEN DE LA COMISIÓN de 26 de enero de 1988 relativo a la central nuclear de Isar 2 (República Federal de Alemania) (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (88/104/CEE) Por carta recibida el 15 de julio de 1987, el Gobierno alemán le comunicó a la Comisión de las Comunidades Europeas, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom, los datos generales relativos al proyecto de evacuación de residuos radiactivos de la central nuclear Isar 2.

Los representantes del Gobierno alemán proporcionaron información y precisiones complementarias durante la reunión celebrada el 9 de noviembre de 1987 en Luxemburgo por el grupo de expertos creado en aplicación del Tratado. La Comisión, en virtud de la información reunida y, previa consulta al grupo de expertos, emite el siguiente Dictamen: 1. La distancia entre el emplazamiento de la central nuclear y el territorio soberano más próximo de otros Estados miembros, en este caso Italia, es de unos 170 km. La frontera austriaca se encuentra a 62 km del lugar. 2. En condiciones normales de funcionamiento de la central, los vertidos previstos de efluentes radiactivos gaseosos o líquidos probablemente no deberían dar lugar a una exposición significativa, desde el punto de vista de la salud, para la población de otros Estados miembros.

3. Los residuos radiactivos sólidos se depositarán in situ exclusivamente con carácter provisional, hasta transportarlos a un depósito o instalación de evacuación de propiedad estatal. Los elementos combustibles irradiados se depositarán en la propia central también con carácter provisional exclusivamente, hasta su transporte a una planta de reprocesamiento. 4. Caso de producirse vertidos no previsto de residuos radiactivos, como consecuencia, por ejempo, de accidentes del tipo y alcance considerados en los datos generales, las dosis que podrían recibirse en territorio soberano de otros Estados miembros resultarían insignificantes desde el punto de vista de la salud.

No obstante, la Comisión recomienda que las autoridades competentes de la RFA establezcan contactos sobre un intercambio de información con las autoridades correspondientes de los demás países, y, en particular, con Italia, tan pronto como sea posible, pero en todo caso antes de la conexión a la red de la central nuclear Isar 2. La Comisión ha comprobado que se realizan exportaciones de leche procedente de la región de la central, principalmente con destino Italia. En los contactos antedichos se deberían contemplar también accidentes hipotéticos con consecuencias radiológicas de mayor alcance que los incluidos en los datos generales.

En conclusión, la Comisión es del parecer que la ejecución del proyecto de evacuación de residuos radiactivos procedentes de la central nuclear Isar 2 no puede causar, desde el punto de vista de la salud, una contaminación radiactiva significativa de las aguas, del suelo o del espacio aéreo de otros Estados miembros, ni en condiciones normales de funcionamiento ni en caso de producirse accidentes del tipo y alcance considerados en los datos generales. La destinataria de la presente Decisión será la República Federal de Alemania. Hecho en Bruselas, el 26 de enero de 1988. Por la Comisión Stanley CLINTON DAVIS Miembro de la Comisión

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