88/22/CEE: Decisión del Consejo de 15 de junio de 1987 relativa a la celebración del Protocolo de adhesión del Reino de Marruecos al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio Diario Oficial n° L 010 de 14/01/1988 p. 0027 - 0027 Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 13 p. 0229 Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 13 p. 0229 ***** DECISIÓN DEL CONSEJO de 15 de junio de 1987 relativa a la celebración del Protocolo de adhesión del Reino de Marruecos al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (88/22/CEE) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 113, Considerando que el Reino de Marruecos ha iniciado negociaciones con la Comunidad y las demás Partes Contratantes del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, para su adhesión a dicho Acuerdo General;
Considerando que el resultado de estas negociaciones es aceptable para la Comunidad, DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Protocolo de adhesión del Reino de Marruecos al Acuerdo sobre Aranceles Aduaneros y Comercio. El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para designar a la persona facultada para firmar el Protocolo a fin de obligar a la Comunidad. Hecho en Luxemburgo, el 15 de junio de 1987. Por el Consejo El Presidente P. DE KEERSMAEKER