Resolución del Consejo, de 16 de junio de 1988, relativa a la exportación e importación de la Comunidad de determinados productos químicos peligrosos Diario Oficial n° C 170 de 29/06/1988 p. 0001 - 0001 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO de 16 de junio de 1988 relativa a la exportación e importación de la Comunidad de determinados productos químicos peligrosos (88/C 170/01) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Considerando que ha adoptado el Reglamento (CEE) no 1734/88, de 16 de junio de 1988, relativo a la exportación e importación de la Comunidad de determinados productos químicos peligrosos (1), TOMA NOTA de que determinados Estados miembros aplican ya medidas de control en su territorio, además de las que se establecen en dicho Reglamento, incluido para uno de los Estados miembros el sistema descrito como «consentimiento previo con conocimiento de causa» del país importador de productos químicos peligrosos.
El Consejo vería con agrado cualquier acción de los Estados miembros en este contexto que sirviera para comprobar el valor práctico de tales planteamientos y adquirir experiencia al aplicarlos; INVITA a la Comisión a que examine esta cuestión con gran detenimiento y a que presente, si fuere necesario, a la vista de la información facilitada por los Estados miembros y las evoluciones en las prácticas internacionales pertinentes, propuestas apropiadas dirigidas a un posible ajuste del instrumento comunitario; TOMA NOTA con gran interés de la intención de la Comisión de participar entera y activamente en los trabajos del Grupo ad hoc de expertos del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente decidado a la gestión, sin peligro para el medio ambiente, de productos químicos.
(1) DO no L 155 de 22.6.1988.