Resolución del Consejo de 22 de enero de 1990 sobre las redes transeuropeas Diario Oficial n° C 027 de 06/02/1990 p. 0008 - 0008 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO de 22 de enero de 1990 sobre las redes transeuropeas (90/C 27/05) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Considerando las conclusiones adoptadas en el ámbito de las redes transeuropeas por el Consejo Europeo reunido en Estrasburgo los días 8 y 9 de diciembre de 1989; Considerando que el proceso de realización del espacio sin fronteras previsto en la letra A del artículo 8 del Tratado ha llegado a un punto irreversible;
Considerando que debe darse a los ciudadanos, a las empresas y a las administraciones la posibilidad de disponer de infraestructuras de comunicación que les permitan fomentar la libre circulación dentro de la Comunidad; Considerando que el desarrollo de los intercambios y de la circulación de personas y las exigencias de la cohesión económica y social pueden requerir la mejora y la ampliación de las redes de comunicación, incluida la creación de redes donde no existan actualmente; Considerando que, por cuanto actualmente las infraestructuras se diseñan y desarrollan principalmente a escala nacional, conviene resolver los problemas de compatibilidad e interoperabilidad que puedan afectar a su eficacia, incluido, en su caso, el perfeccionamiento de las normas;
Considerando que, en cierto número de sectores, las redes de infraestructuras han sido creadas por operadores del sector privado que compiten entre sí, y que la Comisión debería tenerlo en cuenta en sus propuestas; Considerando que los diferentes proyectos de infraestructura tienen que evaluarse con arreglo a criterios debidamente definidos, incluidos su viabilidad económica, el respeto del medio natural, la especial atención que debe prestarse a la situación de las regiones periféricas en el contexto de la cohesión económica y social, así como las posibles consecuencias para la libre competencia;
Considerando que no conviene perjudicar las acciones comunitarias ya adoptadas o cuya ejecución está en curso, HA ADOPTADO LA PRESENTE RESOLUCIÓN: 1. El Consejo considera que debería concederse especial prioridad, con atención particular en las situaciones periféricas en el contexto de la cohesión económica y social, al desarrollo y a la interconexión de las redes transeuropeas, sobre todo en los sectores del control aéreo, de la distribución de energía, de las infraestructuras de transporte y, en particular, de los enlaces terrestres más eficaces, así como de las telecomunicaciones y, en especial, el enlace de las principales aglomeraciones urbanas de la Comunidad mediante redes de telecomunicaciones de banda ancha y de la aplicación de los programas comunitarios existentes de formación.
2. El Consejo invita a la Comisión a que le presente, antes de terminar 1990, un programa de trabajo y propuestas adecuadas, teniendo en cuenta la posibilidad de ampliar dichas acciones al conjunto de la Comunidad, sin perjuicio de la distribución del trabajo entre las diferentes formaciones del Consejo. La Comisión presentará un primer informe de etapa en el transcurso del primer semestre de 1990.El Consejo toma nota de que la Comisión se propone articular su futuro programa en torno a los siguientes puntos:- comprobar si la intervención comunitaria está justificada o si es preferible que otras entidades públicas o privadas se encarguen de los proyectos,-fijar un calendario de realización,-localizar los posibles obstáculos e insuficiencias,-evaluar los problemas de financiación,-prever, en caso necesario, un procedimiento de concertación previo a la realización de los proyectos.
3. La Comisión reunirá, siempre que sea necesario, un grupo de trabajo que reúna a los responsables designados por cada Estado miembro para coordinar los trabajos sobre la realización de redes transeuropeas.El Consejo considera que la elaboración de dicho programa supone la apertura de una amplia concertación con miras a la elaboración del informe que la Comisión presentará antes de terminar el primer semestre de 1990.