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Resolución del Consejo, de 28 de enero de 1991, sobre el Libro Verde relativo al medio ambiente urbano

CELEX
31991Y0208(02)
Document type
RES
Sector
Legislation
Date of document
1991-01-28
In force since
1991-01-28
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Resolución del Consejo, de 28 de enero de 1991, sobre el Libro Verde relativo al medio ambiente urbano Diario Oficial n° C 033 de 08/02/1991 p. 0004 - 0005 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO de 28 de enero de 1991 sobre el Libro Verde relativo al medio ambiente urbano (91/C 33/02) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS: 1. Acoge favorablemente el Libro Verde sobre el medio ambiente urbano y reconoce su importante contribución al debate en curso sobre el futuro de las ciudades y poblaciones europeas. 2.Reconoce la importancia de abordar esta revisión de las cuestiones del medio ambiente urbano dada la íntima relación existente entre el medio ambiente y otros aspectos del contexto urbano, entendiendo, sin embargo, que se deberán tener en cuenta la diversidad de los modelos urbanos y las distintas situaciones específicas de partida en los Estados miembros.

3.Reconoce que, si bien la responsabilidad principal de la definición de la política y de la gestión del medio urbano corresponde a las autoridades locales y a los Gobiernos regionales y nacionales, de conformidad con el principio de subsidiariedad, existe una dimensión comunitaria en el desarrollo de una futura política del medio ambiente urbano. Dicha dimensión toma en consideración: a) La repercusión en el medio ambiente urbano de las políticas comunitarias en muchos sectores, sobre todo los relacionados con la preparación y el establecimiento del mercado único, el desarrollo regional, la energía y los transportes. b)La estrecha interrelación entre aquellos factores reconocidos como problemáticos desde el punto de vista de la ciudad y los que incrementan la contribución a problemas mundiales, como la lluvia ácida y el efecto invernadero; y, por consiguiente, la necesidad de garantizar soluciones a escala local contribuye a resolver los problemas en los planos regional y mundial.

Por tanto, las políticas urbanas han de integrarse en políticas medioambientales más amplias. c)La naturaleza común de los problemas a los que se enfrentan las ciudades y, por lo tanto, la importancia de la cooperación y del intercambio de información entre ciudades, con la posible participación de la Comunidad en la búsqueda de soluciones eficaces. d)La importancia de mejorar los medios urbanos degradados o amenazados de depredación, entre otras cosas, como factor de cohesión económica y social en la Comunidad. e)El reconocimiento de la importancia que para la Comunidad en su conjunto representa el patrimonio histórico y cultural de nuestras ciudades.

4.Reconoce que la solución de los problemas del medio ambiente urbano es una condición esencial para el futuro desarrollo continuado de nuestras ciudades. 5.Reconoce que un elemento fundamental de una acertada política medioambiental urbana consistirá en la coordinación eficaz de las políticas, a todos los niveles de la administración pública, en la amplia gama de sectores que influyen en ciudades y poblaciones. 6.Destaca la importancia de la planificación urbana y regional como marco para integrar las decisiones sobre ordenación del territorio, servicios e infraestructuras. En ese sentido, reconoce, en particular, la importancia de abordar los problemas de la contaminación vinculada al tráfico, el ruido y la congestión mediante una mayor integración de las decisiones sobre la ordenación del territorio y la planificación de los transportes.

Invita a la Comisión a que dé prioridad a dichos enfoques en el marco de los programas comunitarios de inversiones e investigación. 7.Considera que el desarrollo y la ejecución de las iniciativas comunitarias relativas al medio ambiente urbano requerirán una estrecha y constante cooperación, e invita a la Comisión a que estudie detenidamente la forma de alcanzar este objetivo. 8.Reconoce la importante función que pueden desempeñar el intercambio de experiencias y los proyectos de demostración en la mejora de la calidad de la gestión urbanística en toda la Comunidad e invita, por tanto, a la Comisión a que apoye dichas actividades.

9.Reconoce la importancia de poseer una fuente fiable de datos como guía para el desarrollo de una política medioambiental urbana, e invita a la Comisión a que considere cómo podría implantarse y mantenerse dicha base de datos en la Comunidad. A este respecto, la Agencia europea del medio ambiente deberá desempeñar un papel importante. 10.Pide que la Comisión coopere plenamente con otros organismos internacionales relacionados con temas urbanos a fin de garantizar que las actividades se completen y no se dupliquen. 11.Invita a la Comisión, habida cuenta de las líneas de actuación establecidas en el Libro Verde, a que: a)cree un grupo de expertos integrado por especialistas independientes y representantes nacionales para que: i) partiendo del análisis de la actual situación en toda la Comunidad, estudie la forma en que las futuras estrategias de ordenación urbana y del territorio puedan incorporar objetivos medioambientales, y, ii)de una forma más general, asesore a la Comisión sobre cómo desarrollar en mayor medida la dimensión medioambiental urbana dentro de la política comunitaria de medio ambiente; b)considere, en el sentido de la declaración sobre medio ambiente del Consejo Europeo de Dublín, en junio de 1990, cómo podría incrementar la Comunidad, mediante financiación, su contribución a la mejora del medio ambiente urbano.

12.Acoge favorablemente la intención de la Comisión de efectuar amplias consultas en la Comunidad sobre las ideas y propuestas del Libro Verde, y espera con interés la presentación de las conclusiones de dichas consultas y las propuestas resultantes de las mismas.

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