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92/118/CEE: Decisión del Consejo de 27 de enero de 1992 relativa a la adaptación del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega referente a los intercambios mutuos de quesos

CELEX
31992D0118
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
1992-01-27
In force since
1992-01-27
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

92/118/CEE: Decisión del Consejo de 27 de enero de 1992 relativa a la adaptación del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega referente a los intercambios mutuos de quesos Diario Oficial n° L 044 de 20/02/1992 p. 0038 - 0038 DECISIÓN DEL CONSEJO de 27 de enero de 1992 relativa a la adaptación del Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega referente a los intercambios mutuos de quesos (92/118/CEE) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 113, Vista la Recomendación de la Comisión, Considerando que en el Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega referente a los intercambios mutuos de quesos (1), denominado en lo sucesivo « Acuerdo referente a los intercambios mutuos de quesos », firmado el 22 de marzo de 1989, sólo se establecen los contingentes arancelarios que deben abrir la Comunidad y Noruega de 1989 a 1991; que, por lo tanto, es conveniente establecer los contingentes aplicables a partir del 1 de enero de 1992;

Considerando que la Comisión ha celebrado consultas al respecto con Noruega que han dado como resultado un acuerdo satisfactorio, DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega relativo a la adaptación del Acuerdo referente a los intercambios mutuos de quesos. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad. Hecho en Bruselas, el 27 de enero de 1992.

Por el Consejo El Presidente Arlindo MARQUES CUNHA (1) DO no L 362 de 30. 12. 1988, p. 52.

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