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92/152/CEE: Decisión del Consejo de 11 de diciembre de 1991 sobre la celebración de un Acuerdo en forma de canje de notas complementario entre la Comunidad Económica Europea y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas relativo a un seguro de crédito para la exportación de productos agrícolas y alimenticios a la Unión Soviética

CELEX
31992D0152
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
1991-12-11
In force since
1991-12-11
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

92/152/CEE: Decisión del Consejo de 11 de diciembre de 1991 sobre la celebración de un Acuerdo en forma de canje de notas complementario entre la Comunidad Económica Europea y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas relativo a un seguro de crédito para la exportación de productos agrícolas y alimenticios a la Unión Soviética Diario Oficial n° L 064 de 10/03/1992 p. 0022 - 0022 DECISIÓN DEL CONSEJO de 11 de diciembre de 1991 sobre la celebración de un Acuerdo en forma de canje de notas complementario entre la Comunidad Económica Europea y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas relativo a un seguro de crédito para la exportación de productos agrícolas y alimenticios a la Unión Soviética (92/152/CEE) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, sus artículos 113 y 235, Vista la propuesta de la Comisión, Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1), Considerando que el Reglamento (CEE) no 599/91 (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3281/91 (3), establece un seguro de crédito de 500 millones de ecus para la exportación de productos agrícolas y alimenticios a la Unión Soviética;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 599/91 dispone que el seguro no sólo cubre los contratos para el suministro de productos agrícolas y alimenticios entre la Unión Soviética y empresas de la Comunidad, sino también entre la Unión Soviética y empresas establecidas en Bulgaria, Checoslovaquia, Hungría, Polonia, Rumanía, Yugoslavia, Lituania, Letonia y Estonia; Considerando que el artículo 2 de dicho Reglamento hace referencia a un Acuerdo que deberá celebrarse entre la Comunidad y la Unión Soviética sobre las condiciones de concesión del seguro por la Comunidad; que dicho Acuerdo ha sido aprobado en nombre de la Comunidad mediante la Decisión 91/73/CEE (4);

Considerando que las posibilidades de suministros procedentes de Bulgaria, Checoslovaquia, Hungría, Polonia, Rumanía, Yugoslavia, Lituania, Letonia y Estonia cubiertos por el seguro de crédito requieren un acuerdo complementario entre la Comunidad Económica Europea y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas; Considerando que este Acuerdo ha sido negociado por la Comisión previa consulta con un Comité integrado por representantes de los Estados miembros, DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de canje de notas complementario entre la Comunidad Económica Europea y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas relativo a un seguro de crédito para la exportación de productos agrícolas y alimenticios a la Unión Soviética.

El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad. Hecho en Bruselas, el 11 de diciembre de 1991. Por el Consejo El Presidente P. BUKMAN (1) DO no C 326 de 16. 12. 1991. (2) DO no L 67 de 14. 3. 1991, p. 21. (3) DO no L 310 de 12. 11. 1991, p. 1. (4) DO no L 202 de 25. 7. 1991, p. 39.

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