92/605/CEE: Decisión del Consejo, de 14 de diciembre de 1992, sobre la celebración del Acuerdo comercial y de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y Macao Diario Oficial n° L 404 de 31/12/1992 p. 0026 - 0026 Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 20 p. 0128 Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 20 p. 0128 DECISIÓN DEL CONSEJO de 14 de diciembre de 1992 sobre la celebración del Acuerdo comercial y de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y Macao (92/605/ CEE) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, sus artículos 113 y 235, Vista la propuesta de la Comisión, Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1), Considerando que es necesario adoptar el Acuerdo comercial y de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y Macao, DECIDE:
Artículo 1 Queda adoptado en nombre de la Comunidad el Acuerdo comercial y de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y Macao. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 El presidente del Consejo procederá a la notificación prevista en el artículo 19 del Acuerdo (2). Artículo 3 En la Comisión mixta creada mediante el artículo 16 del Acuerdo, la Comunidad estará representada por la Comisión, asistida por los representantes de los Estados miembros. Artículo 4 La presente Decisión será publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Hecho en Bruselas, el 14 de diciembre 1992.
Por el Consejo El Presidente N. LAMONT (1) DO n° C 337 de 21. 12. 1992. (2) Véase la página 32 del presente Diario Oficial.