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Reglamento (CEE) n° 2836/92 de la Comisión, de 29 de septiembre de 1992, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2548/92 por el que se fijan los importes de las ayudas para el suministro a las islas Canarias de productos del sector del arroz de origen comunitario

CELEX
31992R2836
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
1992-09-29
In force since
1992-10-01
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Reglamento (CEE) n° 2836/92 de la Comisión, de 29 de septiembre de 1992, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2548/92 por el que se fijan los importes de las ayudas para el suministro a las islas Canarias de productos del sector del arroz de origen comunitario Diario Oficial n° L 285 de 30/09/1992 p. 0030 - 0030 Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 45 p. 0096 Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 45 p. 0096 REGLAMENTO (CEE) No 2836/92 DE LA COMISIÓN de 29 de septiembre de 1992 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2548/92 por el que se fijan los importes de las ayudas para el suministro a las islas Canarias de productos del sector del arroz de origen comunitario LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Visto el Reglamento (CEE) no 1601/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, relativo a medidas específicas en favor de las islas Canarias con respecto a determinados productos agrícolas (1) y, en particular, el apartado 4 de su artículo 3, Considerando que los importes de las ayudas para el suministro de las islas Canarias en productos del sector del arroz se fijaron por el Reglamento (CEE) no 2548/92 de la Comisión (2); que, como consecuencia de los cambios en las cotizaciones y los precios de los productos del sector del arroz en la parte europea de la Comunidad y en el mercado mundial, es conveniente fijar de nuevo las ayudas al abastecimiento de las islas Canarias en los importes que figuran en el Anexo;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El Anexo del Reglamento (CEE) no 2548/92 se sustituye por el Anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Será aplicable a partir del 1 de octobre de 1992. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 1992.

Por la Comisión Ray MAC SHARRY Miembro de la Comisión (1) DO no L 173 de 27. 6. 1992, p. 13. (2) DO no L 254 de 1. 9. 1992, p. 74. ANEXO (en ecus/tonelada) Producto (código NC) Importe de la ayuda Arroz elaborado (1006 30) 180,00

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