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96/207/CE: Decisión del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, relativa a la aplicación provisional de dos Acuerdos en forma de Actas acordadas entre la Comunidad Europea y la República Socialista de Viet Nam por los que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista de Viet Nam sobre el comercio de productos textiles y de la confección

CELEX
31996D0207
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
1995-12-22
In force since
1995-12-22
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

96/207/CE: Decisión del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, relativa a la aplicación provisional de dos Acuerdos en forma de Actas acordadas entre la Comunidad Europea y la República Socialista de Viet Nam por los que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista de Viet Nam sobre el comercio de productos textiles y de la confección Diario Oficial n° L 073 de 21/03/1996 p. 0001 - 0001 DECISIÓN DEL CONSEJO de 22 de diciembre de 1995 relativa a la aplicación provisional de dos Acuerdos en forma de Actas acordadas entre la Comunidad Europea y la República Socialista de Viet Nam por los que se modifica el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista de Viet Nam sobre el comercio de productos textiles y de la confección (96/207/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113 conjuntamente con la primera frase del apartado 2 de su artículo 228, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando que la Comisión ha negociado, en nombre de la Comunidad Europea, dos Acuerdos en forma de Actas aprobadas con objeto de modificar el actual Acuerdo bilateral sobre el comercio de productos textiles y de la confección entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista de Viet Nam rubricado el 15 de diciembre de 1992, modificado por el Acuerdo en forma de Canje de Notas rubricado el 20 de diciembre de 1994;

Considerando que estos Acuerdos bilaterales que han sido rubricados el 11 de noviembre de 1993 y el 1 de agosto de 1995 deben aplicarse, con carácter provisional, en espera de la finalización de los procedimientos necesarios para su celebración, a condición de que se aplique provisionalmente de forma recíproca por la República Socialista de Viet Nam, DECIDE: Artículo único Los Acuerdos en forma de Actas aprobadas por los que se modifica el actual Acuerdo bilateral sobre el comercio de productos textiles y de la confección entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista de Viet Nam se aplicarán con carácter provisional hasta tanto tenga lugar su celebración, a condición de que se aplique provisionalmente de forma recíproca por la República Socialista de Viet Nam.

El texto de estos Acuerdos en forma de Actas aprobadas figura adjunto a la presente Decisión. Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 1995. Por el Consejo El Presidente L. ATIENZA SERNA

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