98/183/CE: Decisión de la Comisión de 1 de octubre de 1997 relativa a la ayuda concedida por Francia a Thomson SA - Thomson multimedia (El texto en lengua francesa es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE) Diario Oficial n° L 067 de 07/03/1998 p. 0031 - 0047 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 1 de octubre de 1997 relativa a la ayuda concedida por Francia a Thomson SA - Thomson multimedia (El texto en lengua francesa es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE) (98/183/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el párrafo primero del apartado 2 de su artículo 93, Visto el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62, Después de haber emplazado a los interesados para que presenten sus observaciones de conformidad con los mencionados artículos, Considerando lo que sigue:
I. INCOACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 93 DEL TRATADO Por carta de 10 de febrero de 1997, la Comisión notificó a las autoridades francesas la decisión adoptada el 18 de diciembre de 1996 de incoar el procedimiento (1) previsto el apartado 2 del artículo 93 del Tratado CE respecto de las ayudas concedidas a Thomson SA y a Thomson multimedia. Estas ayudas consisten en la recapitalización de Thomson SA, empresa matriz del grupo público Thomson, notificada por las autoridades francesas en octubre de 1996 por un importe de unos 11 000 millones de francos franceses.
En una carta enviada a la Comisión el 12 de diciembre, el Ministro de Finanzas, Sr. Arthuis, indicó que el proyecto de recapitalización de Thomson SA se destinaría en lo esencial a su filial de electrónica de consumo Thomson multimedia, por lo que no tendría consecuencia alguna para la otra filial importante del grupo, Thomson CSF, grupo de electrónica profesional que opera en el sector del armamento, y que las autoridades francesas se comprometían a privatizar en breve plazo. Thomson multimedia, uno de los principales grupos de electrónica de consumo, ha experimentado desde el comienzo de los años noventa una serie de ejercicios deficitarios que se han traducido en unas pérdidas acumuladas que han absorbido totalmente los fondos propios del grupo.
La Comisión había considerado, en aplicación del principio del inversor privado en una economía de mercado, principio que suele aplicar en circunstancias análogas, que, al no disponer en aquel momento de unas previsiones financieras que sugirieran que el capital invertido sería remunerado a un tipo de interés acorde con el mercado, un inversor privado no habría emprendido la recapitalización de la empresa, por lo que cabía concluir que las medidas en cuestión podían contener elementos de ayuda. Como parecía que la compatibilidad de las medidas con lo dispuesto en el Tratado sólo podría justificarse a través de la excepción de la letra c) del apartado 3 del artículo 92, puesto que las medidas consideradas estaban destinadas a respaldar una empresa en dificultades, debía evaluarse esta posibilidad con arreglo a las Directrices comunitarias sobre ayudas de Estado de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (2).
Sobre esta base, la Comisión solicitó a sus autoridades, en su comunicación relativa a la incoación del presente procedimiento, que le presentaran un programa de reestructuración de Thomson multimedia que garantizara la viabilidad de la empresa. La comunicación de incoación del presente procedimiento se refería también a la cesión al Estado de acciones de Crédit Lyonnais propiedad de Thomson SA a un precio que también podría incluir elementos de ayuda. La Comisión había analizado el precio de venta al que el Estado había comprado acciones de Crédit Lyonnais (CL) propiedad de Thomson SA (acciones que suponían un 3,01% del capital de CL) con arreglo a un acuerdo celebrado el 20 de mayo de 1996, a saber, 306,7 francos franceses por acción.
Hay que recordar (3) que las acciones ordinarias de Crédit Lyonnais no se cotizan en bolsa, por lo que el título que sirvió de base para la evaluación de la operación fue el certificado de inversión (CI) y que, tradicionalmente, una acción alcanza una cotización más alta que un CI (los CI no dan derecho de voto). La Comisión observó que en la operación se había aplicado una prima de sobrevaloración del 30 % por la diferencia entre la acción y el CI y consideró que el valor asignado al CI (valor de 31 de diciembre de 1995, 235 francos franceses no estaba justificado, ya que la operación había sido celebrada el 20 de mayo de 1996, tras una fuerte baja del CI (hasta 164 francos franceses) que había provocado una pérdida de valor del 30 %.
La Comisión consideró que estas medidas podían contener elementos de ayuda y que, en todo caso, su compatibilidad con el Tratado sólo podría examinarse en el marco de un procedimiento incoado con arreglo al apartado 2 del artículo 93. II. ANTECEDENTES DE LAS MEDIDAS NOTIFICADAS Thomson es un grupo electrónico de talla mundial, presente en los sectores de la electrónica de consumo y de la electrónica profesional y, en particular, en el sector de defensa. La mayoría del capital de la empresa matriz Thomson SA es propiedad del Estado (76 %). France Telecom, empresa pública, posee alrededor de un 20 % del capital de la empresa matriz.
El resto del capital (4 %) está repartido entre algunos accionistas minoritarios. Thomson SA es accionista al 100 % de Thomson multimedia, entidad que agrupa las actividades de electrónica de consumo y accionista mayoritario, con un 58 %, de Thomson CSF, que agrupa las actividades de electrónica profesional y que obtiene una parte importante de su volumen de negocios en el sector militar. El resto del accionariado de Thomson CSF (42 %) esta repartido entre el público y cotiza en bolsa. Hay que señalar también que el grupo Thomson era hasta 1996 uno de los principales accionistas de Crédit Lyonnais, ya que poseía alrededor de un 20 % de su capital, 3,01 % del mismo a través del holding Thomson SA.
Thomson multimedia (denominado hasta 1995 Thomson Consumer electronics) agrupa a unas cincuenta empresas que operan en el sector de la electrónica de consumo. Es el cuarto grupo mundial del sector y el segundo en Europa. Thomson multimedia, que en 1987 adquirió, con un 20 % del mercado aproximadamente. La plantilla del grupo constaba a finales de 1996 de cerca de 49 000 personas y su volumen de negocios alcanzaba los 39 300 millones de francos franceses. Los productos de Thomson multimedia se comercializan bajo gran número de marcas (Thomson, RCA, GE, Proscan, Telefunken, Ferguson, Nordmende, Saba).
A pesar de una competencia tecnológica reconocida, el grupo ha dado pruebas en los años de la década de los 90 de una competitividad industrial insuficiente, debido entre otras cosas a la dispersión de su aparato de producción. De forma simultánea, sus posiciones comerciales en Europa se han ido deteriorando. En un mercado maduro, caracterizado por una guerra de precios entre los principales productores, esta fragilidad industrial y comercial ha provocado desde 1992 unas pérdidas considerables, de un promedio superior a los 1 000 millones de francos franceses anuales, situación que empeoró en 1996.
El capital propio del grupo fue totalmente absorbido por las pérdidas, por lo que la situación neta del grupo pasó a ser negativa en 1995 y en 1996 alcanzó -2 800 millones de francos franceses. Las medidas de reestructuración emprendidas fueron muy insuficientes para restablecer la rentabilidad. En estas circunstancias, y a falta de una reestructuración vigorosa acompañada de una operación de recapitalización, el grupo debería haber sido liquidado. Si Thomson multimedia ha podido sobrevivir hasta el momento ha sido gracias a la posibilidad de recurrir al préstamo de su sociedad matriz, Thomson SA, que en este sentido desempeño un papel de banquero.
Este creciente recurso a la deuda, que para finales de 1996 había alcanzado 16 100 millones de francos franceses, en lugar de atender a las causas estructurales de la crisis, provocó un crecimiento de las cargas financieras, lo que tan sólo contribuyó a agravarlas y a retrasar sus efectos. La grave situación de la filial Thomson multimedia repercutió gravemente en la de la empresa matriz Thomson SA, que no realiza actividades de explotación industrial y se limita a la gestión de un holding financiero. De este modo, el capital propio del grupo pasó, bajo el efecto acumulado de los incrementos de pérdidas de sus filiales de alrededor de 8 000 millones de francos franceses en 1990 a una cifra negativa de cerca de -3 700 millones de francos franceses a finales a 1995, haciendo necesaria la recapitalización o la liquidación.
Como subrayó la Comisión en su comunicación relativa a la incoación del presente procedimiento, sin la presencia de un accionista público que movilizara unos capitales de gran envergadura, el acceso de Thomson SA a empréstitos de mercado se habría acabado definitivamente en 1994, cuando el capital propio del grupo pasó a ser negativo y se hizo evidente la necesidad de liquidar la empresa. III. RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES FRANCESAS En su carta de 6 de marzo de 1997, las autoridades francesas enviaron a la Comisión el plan de reestructuración de Thomson multimedia reclamado por la Comisión, así como las observaciones que justificaban las medidas que habían provocado la incoación del procedimiento en virtud del apartado 2 del artículo 93 del Tratado.
A raíz, de las preguntas adicionales que la Comisión envió a dichas autoridades el 2 de abril de 1997 éstas completaron sus comentarios mediante dos cartas de 26 de mayo y 2 de septiembre de 1997. i) Cesión al Estado de acciones de Crédit Lyonnais propiedad de Thomson SA En su respuesta, Francia subrayó los elementos siguientes. Las acciones CL, que no se cotizan en bolsa, fueron adquiridas por el Estado a Thomson SA con una sobrevaloración del 30 % con relación al precio del certificado de inversión de Crédit Lyonnais a 31 de diciembre. La razón aducida para esta valoración fue la necesidad de cerrar las cuentas de Thomson SA del ejercicio 1995 con una transacción definitiva o un compromiso de compra irrevocable.
De este modo, en las cuentas del año 1995 se consignó una cantidad correspondiente a la minusvalía realizada por Thomson en esta cesión de títulos. Las autoridades francesas recordaron, por otro lado, que este precio fue el resultado de una negociación directa realizada por las dos partes que se basaba en varios elementos de referencia. Aparte del valor del CI, mencionaron el múltiplo con relación al activo neto contable por acción de Crédit Lyonnais que, a 31 de diciembre de 1995, era igual, sobre la base del precio de cesión de 306,7 francos franceses por acción, a un 66 %, frente al promedio del 80 % al 100 % de los demás bancos franceses comparables.
Recordaron además que los aumentos de capital del Crédit Lyonnais de septiembre de 1993 y julio de 1994 se habían realizado a un precio muy superior (880 y 774 francos franceses por acción, respectivamente), aunque en circunstancias que desde entonces han evolucionado. Francia observó finalmente que la prima de la acción sobre el CI utilizada en la operación (de un 30 %, es decir, la diferencia entre 306,7 francos franceses y la cotización del CI a 31 de diciembre de 1995, 235 francos franceses) era inferior a la prima aplicada en las dos operaciones anteriormente mencionadas (40 % a 45 %) y a la prima utilizada por otras entidades comparables (43 % a 56 %).
En su carta de 2 de septiembre de 1997, las autoridades francesas señalaron por otro lado que, si la cotización del certificado de inversión era de 164 francos franceses el 20 de mayo, en el momento de la firma de la operación, 12 de abril de 1996, momento de la conclusión del acuerdo entre el Estado y Thomson, era de 209 francos franceses, y de 190 francos franceses el 17 de abril, día del anuncio público de la operación. ii) Recapitalización de Thomson SA y de Thomson multimedia En su carta de 6 de marzo Francia remitió a la Comisión un plan de reestructuración de Thomson multimedia para el período 1997-1999.
El plan se basa en varias medidas destinadas a recobrar la rentabilidad de la empresa. Desendeudamiento y disminución de cargas financieras La recapitalización de Thomson multimedia, que en su gran mayoría es la de Thomson SA (10 866 millones de francos franceses de los 11 000 previstos), permitirá una reestructuración completa de los balances de la empresa: las deudas disminuirán en 9 300 millones de francos franceses ya en 1997. La situación neta del grupo, negativa en este momento, ascendería después de la recapitalización a unos 7 000 millones de francos franceses, y los fondos propios con relación de las deudas se situarían a un nivel de 50/50.
Gracias a la disminución del endeudamiento, Thomson multimedia se ahorrará unos gastos financieros por valor de varios centenares de millones de francos franceses anuales. Los gastos financieros netos, que en 1996 eran de 1 319 millones de francos franceses, bajarían a un nivel (elevado a pesar de todo) de 887 millones de francos franceses en 1999, lo que supone un ahorro de unos 430 millones de francos franceses. Recuperación de los ingresos procedentes de la propiedad intelectual a partir de 1999 Al adquirir RCA a General Electric (GE) en 1987, Thomson renunció a sus ingresos por licencias y patentes hasta el 31 de diciembre de 1998.
Esta renuncia afecta a todas las patentes adquiridas a GE y a las presentadas por Thomson multimedia desde entonces (en la actualidad, la mayor parte de sus ingresos de propiedad intelectual). La filial titular de todas estas patentes, RCATL, ha obtenido unos ingresos netos de [. . .] (*) dólares estadounidenses de Estados Unidos de América en 1995, unos [. . .] francos franceses. Según las autoridades, la vuelta de estos ingresos a Thomson multimedia podría estimarse en 950 millones de francos franceses en 1999. Plan de reestructuración con una disminución del 20 % de la plantilla del grupo en el período de 1996-1998 Este plan se traduciría en la supresión de nueve centros industriales en el mundo, un centro de investigación y desarrollo (I+D), un centro de operaciones comerciales y un gran ahorro en el personal de venta.
Afecta en total a 10 640 personas. Las medidas afectan principalmente a América (reagrupamiento de la producción norteamericana en Méjico) y Asia (traslado de las actividades de Singapur a Tailandia y de Malasia a Filipinas). En Europa se reorganizará la producción. Las actividades de I+D de la sociedad en Estrasburgo deberán ser trasladas a Rennes. Se cerrarán fábricas del grupo en Alemania y su producción se trasladará al centro de Angers (Francia). También habrá transferencias de Angers a Tarancón (España) y de Tarancón a Polonia, donde se está construyendo una nueva fábrica.
Esta reorganización pretende especializar los centros de producción según líneas de productos. Al final de esta reestructuración industrial, los televisores más sofisticados y de mayor formato se producirán en Angers, los aparatos de la gama media en España y los de la gama inferior en Polonia. Según información de las autoridades, la mayor parte del coste del plan corresponde a las medidas de indemnización del personal. La empresa cifra en 950 millones de francos franceses anuales el ahorro del plan a partir de 1999. Teniendo en cuenta que todos los costes del plan han sido ya consignados contablemente (en 1995 y, sobre todo, en 1996, con 1 200 millones de francos franceses), el ahorro se reflejará plenamente en los resultados de explotación de 1999.
Como en 1997 y 1998 se producirán ya grandes ahorros, en el primer semestre de 1999 la empresa habrá amortizado ya totalmente el coste de la restructuración. >SITIO PARA UN CUADRO> Auge de las ventas de nuevos productos digitales Los nuevos productos digitales (principalmente descodificadores y el Digital Vídeo Disc (DVD), en los que, según Thomson, la empresa dispone de un adelanto tecnológico que la sitúa en una posición ventajosa, representaban todavía una parte poco importante de las actividades en 1995 (2 900 millones de francos franceses, un 8 % del volumen de negocios). Las primeras indicaciones de Francia de finales de 1996 y comienzos de 1997 preveían un crecimiento de la cifra de ventas de estos productos de cerca de un 40 % anual, y a partir de 1998 supondrían, según las previsiones de Thomson multimedia, cerca de un 19 % del total de ventas.
En primavera de 1997 la empresa corrigió a la baja estas previsiones demasiado optimistas. Hay que añadir, a la vista de las previsiones 1996-1999 en las que se basa el plan, un quinto factor muy importante para el restablecimiento de la rentabilidad de la empresa: un volumen de negocios en fuerte progresión; ésta abarca, aunque a un ritmo más lento, los productos tradicionales (TV color y aparatos de vídeo). Las previsiones vaticinaban un mantenimiento de la cuota de mercado del grupo en América y una penetración en los mercados europeos [ésta había bajado desde un 14 % aproximadamente en 1990 (mercado de televisores de color) a un 11 % en 1996].
Las previsiones del grupo esperaban un restablecimiento en Europa de las cuotas de mercado registradas a comienzos de los años 90. >SITIO PARA UN CUADRO> Gracias a los cuatro factores de recuperación anteriormente señalados, Thomson multimedia volvería a ser rentable en 1999 según el calendario que se indica en el cuadro B. El resultado corriente de explotación (antes de gastos financieros) pasaría en 1999 de un 1,7 % a un 4,3 % del volumen de negocios gracias a la recuperación de los ingresos procedentes de la propiedad intelectual del grupo, cedidos de 1988 a 1998 a General Electric. El resultado neto después de impuestos sería, por su parte, ligeramente positivo en el último año del plan (0,8 % del volumen de negocios y 5 % aproximadamente de los fondos propios).
El Gobierno francés ha presentado a la Comisión un plan de financiación de la empresa que, a lo largo del período se desarrollaría de la manera siguiente: la autofinanciación de la explotación permitirá financiar aproximadamente un 90 % de la necesidad de financiación «corriente» (sin tener en cuenta la reestructuración y el desendeudamiento). El saldo y las necesidades no corrientes se financiarán mediante el aumento de capital. De este modo, el aumento de capital de Thomson multimedia para el período (10 866 millones de francos franceses) tendría tres destinos: el saldo de las necesidades corrientes, unos 732 millones de francos franceses, incluidas las inversiones no cubiertas por la autofinanciación (años 1997 y 1998), las reestructuraciones (1 305 millones de francos franceses) y, finalmente, la disminución de la deuda (8 829 millones de francos franceses).
Cuando, en el momento de la incoación del presente procedimiento, la Comisión preguntó al Gobierno francés acerca de las medidas previstas para compensar en caso necesario los efectos negativos de las ayudas, aquél respondió que la recapitalización de Thomson multimedia no tendría efectos negativos sobre la competencia. Para respaldar esta afirmación, observó que las cuotas de mercado del grupo se mantendrían como promedio a su nivel actual, que las inversiones subvencionadas son inversiones de productividad y sustitución, y no de expansión de la capacidad y que, desde que la empresa fuera privatizada, Thomson multimedia ya no podría acceder fácilmente al empréstito para financiar una estrategia agresiva.
Al notificar la operación en octubre de 1996, el Gobierno francés afirmó que era la solución más económica para el Estado puesto que, si no se llevara a cabo la recapitalización, la empresa debería ser liquidada. Por ello, concluyó que no se trataba de una ayuda de Estado. Las autoridades cifraron el coste de la liquidación entre 20 y 25 000 millones de francos franceses, es decir, al menos dos veces el coste de la recapitalización. Cuando, en su comunicación relativa a la incoación del presente procedimiento, la Comisión marcó su desacuerdo con este argumento y con las cifras presentadas, en particular porque el Estado accionista tomaba a su cargo los costes sociales y el pasivo de la liquidación, el Gobierno francés presentó, en relación con este último punto, unos precedentes de jurisprudencia de los tribunales franceses en los que se reconocía la responsabilidad del Estado accionista sobre el pasivo de liquidación de empresas públicas.
Finalmente, en una carta de 17 de septiembre de 1997, el Ministro de Economía, Finanzas e Industria envió a la Comisión los compromisos que el Gobierno francés estaba dispuesto a contraer de cara a la adopción de una decisión, compromisos que se recogen en el apartado 3 del artículo 1 de la presente Decisión. IV. OBSERVACIONES DE TERCEROS INTERESADOS Tras la publicación de la comunicación relativa a la incoación del procedimiento en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, la Comisión ha recibido observaciones de dos terceros interesados. En una carta enviada a la Comisión el día 18 de abril, la empresa Philips observó que en el mercado europeo y mundial de los televisores y de los aparatos de vídeo impera una situación de exceso de producción.
Según los datos de la empresa, la capacidad mundial de producción de televisores fue en 1995 de 121 millones de unidades anuales para una venta de 103 millones. Tratándose de los aparatos de vídeo, las cifras correspondientes, procedentes de la misma fuente, eran de 67 y 50 millones de unidades. Philips consideró que no debía fomentarse la capacidad en estos ámbitos y que, al contrario, habría que promover medidas de reducción y racionalización de la misma en Europa. Mediante carta de 16 de abril de 1997, la Fédération générale des mines et de la métallurgie (FGMM), organización sindical francesa afiliada al sindicato CFDT, defendió el principio de una recapitalización no vinculada a un plan de supresión de empleo.
Entre otras cuestiones, la FGMM observó que la recapitalización actualmente notificada era el resultado de compromisos anteriores del Estado accionista, puesto que en los años 1988-1991 éste no aportó los recursos financieros que hubieran sido necesarios para sus decisiones industriales y de crecimiento exterior de la empresa. V. EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS DE AYUDA i) Cesión al estado de acciones de Crédit Lyonnais propiedad de Thomson SA La Comisión ha examinado la respuesta del Gobierno francés respecto a la tasación de las acciones de Crédit Lyonnais a un precio de 306,7 francos franceses en el momento de la compra a Thomson por parte del Estado.
Por otro lado, la Comisión ha tenido acceso a un informe especializado sobre el precio de la operación realizado en noviembre de 1996 con arreglo a lo que había sido pactado en el acuerdo celebrado entre el Estado y Thomson el 20 de mayo. [ . . . ] antes del desenlace material de la operación, acaecido a comienzos de 1997 (4), el Estado tuvo aún la posibilidad de ver que la operación atentaba contra sus intereses patrimoniales y que convenía denunciarla, algo que habría sido posible puesto que era propietario de la mayor parte del capital de Thomson SA (76 %), por lo que podía controlar completamente la empresa.
Por otro lado, hay que señalar que el informe especializado consideraba que una prima del 30 % entre acción y CI, utilizada en la operación, era correcta. La Comisión no puede aceptar el argumento del Gobierno francés por el que se justifica la fecha de 31 de diciembre de 1995 para la valoración del título subyacente (el CI del Crédit Lyonnais, en lo sucesivo denominado «CI-CL»). Esta fecha podría en su caso convenir, como subrayó el Gobierno francés, para cerrar las cuentas del año 1995 y valorar a 31 de diciembre la participación de Thomson SA en Crédit Lyonnais. Sin embargo, no puede en ningún caso servir para una operación que se firmó el 20 de mayo de 1996, ya que el valor del título había descendido entre tanto en un 30 %, probablemente a consecuencia de la información llegada a los mercados financieros sobre la situación real de Crédit Lyonnais.
En su carta de 2 de septiembre de 1997, el Gobierno francés subrayó que, en el momento de las negociaciones entre Thomson y el Estado, el valor del título CI-CL era de 209 francos franceses, y que en el momento del anuncio de la operación el 17 de abril de 1996, la cotización del título en bolsa fue de 190 francos franceses (es decir, una desvalorización del 11 % y el 19 %, respectivamente, con relación a las cotizaciones del 31 de diciembre de 1995). Pero hay que recordar, como lo hizo la Comisión en el momento de la incoación del presente procedimiento, que cuando se llevó a cabo la operación el Estado accionista estaba perfectamente informado, según los datos de que dispone la Comisión, del deterioro de la situación de CL, situación que posteriormente hizo necesarias las medidas urgentes que le fueron notificadas en septiembre de 1996.
Teniendo en cuanta todo esto se podía ya suponer que el valor real del título CI-CL podía ser inferior al cálculo realizado sobre la cotización del CI anterior, y que la prima de la acción sobre el CI, calculada en un 30 %, era excesiva. Por otro lado, en las semanas siguientes a la operación la cotización del CI-CL registró una notable baja, pasando por debajo de los 120 francos franceses a finales de junio de 1996 (frente a los 164 del 20 de mayo). Finalmente, la Comisión observa que los argumentos presentados por las autoridades francesas en torno al valor de la acción CL con relación al CI son contradictorios con los relativos a la responsabilidad total atribuida al Estado accionista acerca del pasivo de liquidación de las empresas públicas (véase la sección III).
Si se sigue la lógica de estos últimos, teniendo en cuenta la carga potencial que representa el pasivo de liquidación, el valor para el Estado de las acciones de una empresa pública en una situación tan precaria como la de Crédit Lyonnais en la primavera de 1996 debería haber sido nulo o en cualquier caso inferior a la cotización del certificado de inversión, cuyos titulares tienen una exposición menor, limitada al valor de sus títulos. Parece ser, por lo tanto, que en esta operación el Estado no ha intentado proteger su interés patrimonial (en sentido estricto), sino el de Thomson SA.
La Comisión considera que, para calcular el valor normal de la transacción, es necesario, como mínimo, tomar como base de cálculo la cotización del certificado de inversión a 20 de mayo de 1996, fecha de la firma de la operación (164 francos franceses), que sería un 30 % más baja que la del 31 de diciembre de 1995. Si seguimos el método propuesto por las propias autoridades, e incluso si aceptamos la prima de la acción sobre el CI del 30 % fijada por las partes y confirmada por el informe especializado, a pesar de las dudas que inspira su cuantía, la cotización propuesta permite tasar el Crédit Lyonnais en 11 200 millones de francos franceses [ . . . ].
Como se afirmó en el momento de la incoación del presente procedimiento, estas medidas pueden afectar negativamente al comercio ya que, en el sector de la electrónica de consumo, éste absorbe un 50 % de la producción europea, y pueden afectar también a las condiciones de la competencia. Como el concepto de ayuda de Estado comprende, no sólo las ayudas efectivas, tales como subvenciones, sino también todas las intervenciones que, de distinta forma, pueden dispensar de obligaciones que normalmente pesan sobre el presupuesto de una empresa y que por lo tanto, sin ser subvenciones en sentido estricto, son de naturaleza o efectos idénticos, cabe concluir que Thomson SA ha recibido directamente (por la cesión del 3,01 % del capital de CL) una ayuda de Estado de 145,6 millones de francos franceses.
Esta ayuda ha sido en beneficio de Thomson SA. No ha aportado al Estado ningún derecho o rentabilidad financiera, por lo que es un patrimonio que éste deja de ganar y que es asimilable a una subvención a fondo perdido. Como no ha sido notificada a la Comisión, la ayuda es ilegal. Como no está justificada por un plan de reestructuración, no puede considerarse compatible con el Tratado con arreglo a la letra c) del apartado 3 del artículo 92 del mismo, única excepción posible para las mismas, como señaló la Comisión en su Comunicación relativa a la apertura del presente procedimiento. ii) Aportación de capital a Thomson SA de 11 000 millones de francos franceses.
Recapitalización de Thomson multimedia Efectos negativos sobre la competencia - Efectos sobre el comercio intracomunitario El mercado de la electrónica de consumo está cada vez más mundializado y dominado por los productores coreanos y japoneses. Los productores japoneses ocupan el primer lugar en el mundo (los dos principales grupos mundiales son Sony y Matsushita), y su producción es tres veces superior en valor al comunitario (5). Este dominio se refleja en el comercio mundial: las exportaciones comunitarias hacia Japón y Corea sólo alcanzaron en 1994 un valor de 74 y 24 millones de ecus, frente a unas importaciones de 3 390 y 750 millones de ecus, respectivamente.
A pesar de un restablecimiento de las exportaciones comunitarias en los años 1993 y 1994, la balanza comercial de la Unión Europea sigue siendo estructuralmente deficitaria (entre 10 000 y 13 000 millones de ecus). La tendencia a la deslocalización de los centros de producción hacia países con un menor coste de la mano de obra es muy aguda, y algunos países tales como Tailandia y China se han convertido en importantes productores. Los tres fabricantes europeos principales son, de mayor a menor, Philips, Thomson multimedia y Nokia. El mercado de la electrónica ha llegado a su madurez (el equipamiento de los hogares europeos en televisores es casi de un 100 %) y experimenta un crecimiento muy lento; en los próximos años las ventas dependerán principalmente de la llegada al mercado de nuevos productos digitales tales como los descodificadores o los lectores de vídeodiscos (DVD). >SITIO PARA UN CUADRO> La Comisión ha examinado los comentarios de la empresa Philips, según los cuales existe un exceso de capacidad de producción en Europa y en el mundo en los mercados de los televisores de color y los aparatos de vídeo.
Los índices de utilización de la capacidad (85 % en el caso de los televisores y 75 % en el de los aparatos de vídeo) no son excepcionalmente bajos, pero pueden generar grandes tensiones, sobre todo si un fabricante decide aumentar su capacidad o sus ventas en un mercado regional del tamaño del de Europa. Las observaciones de Philips no han sido desmentidas por las autoridades francesas, a las que la Comisión las comunicó en el marco del presente procedimiento. Teniendo en cuenta la baja utilización de la capacidad en productos que Thomson multimedia considera «el núcleo de su producción», el argumento de las autoridades sobre la inexistencia de efectos negativos sobre la competencia de resultas de la aportación de capital notificada queda desmentido por las propias previsiones de la empresa.
En este sentido hay que distinguir los televisores y los aparatos de vídeo. Las previsiones de Thomson multimedia vaticinaban un aumento de la cuota del mercado de los televisores en color europeos, especialmente de los del segmento superior (en América Thomson multimedia prevé un simple mantenimiento de sus cuotas de mercado; en Asia siguen siendo marginales). Este aumento de la cuota de Thomson multimedia en Europa, que tratándose del principal producto de la empresa, los televisores en color, se situaría alrededor de un 11 % del mercado en 1996, debería permitirle recobrar en 1999 la cuota de mercado de 1994, que era de más de un 13 %.
Este aumento de la cuota del mercado en un sector que sufre fuertes tensiones de capacidad y un débil crecimiento del volumen de ventas (situadas entre 19 y 20 millones de unidades anuales), podría agudizar los problemas de utilización de la capacidad a los que se enfrentan los competidores de Thomson multimedia en Europa, transfiriéndoles algunas de las dificultades que experimenta hoy en día esta empresa, sobre todo teniendo en cuenta que las ventas de televisores en Europa seguirán siendo deficitarias hasta 1999, puesto que la empresa sólo podrá luchar contra el deterioro de sus cuotas de mercado a base de vender con pérdidas.
Por todo ello, y en lo que se refiere a esta línea concreta de productos, la Comisión considera que la aplicación del plan propuesto por Francia podría tener graves repercusiones sobre la competencia. El caso de los aparatos de vídeo es muy diferente y, a pesar de que el índice de utilización de la capacidad de producción es aún más bajo (75 %, según Philips), el plan de Thomson multimedia no debería provocar grandes tensiones competitivas. La empresa prevé mantener simplemente su cuota de mercado a su nivel de 1996, un 8,5 % en Europa y un 20 % aproximadamente en Estados Unidos de América.
Por otro lado, una gran parte de sus ventas de vídeos se realiza en régimen de subcontratación, por lo que la empresa no es responsable, en su caso, de los excesos de capacidad del producto. Hay que señalar, por otro lado, que el comercio comunitario en el sector de la electrónica de consumo, ya muy importante antes de la aplicación del plan de reestructuración de Thomson multimedia, puesto que absorbe un 50 % de la producción comunitaria, aumentará después del mismo. Tras el cierre de los dos centros de producción de Alemania, Celle y Hannover, la empresa piensa reagrupar sus actividades de producción de televisores en la Comunidad en Francia y España.
Cada centro se especializará en una línea de producción, ya que los televisores del segmento superior se producirán en Angers (Francia) y los del segmento medio en Tarancón (España). Este proceso de especialización de las instalaciones de producción de Thomson multimedia deberá llevar, en comparación con la situación anterior al plan de reestructuración, a un crecimiento del comercio intracomunitario, incluso después de que entre en servicio la fábrica que está construyéndose en Polonia y que deberá producir los televisores del segmento inferior. Carácter de ayuda de Estado En aplicación del principio del inversor privado en una economía de mercado, y siempre que las medidas correspondientes tengan efectos negativos sobre el comercio y falseen o puedan falsear las condiciones de la competencia, la Comisión considera, como se observaba en su Comunicación a los Estados miembros (6), que las aportaciones de capital a empresas públicas contienen elementos de ayuda si, en circunstancias análogas, un inversor privado no habría llevado a cabo, habida cuenta de la remuneración prevista, una determinada aportación de capital.
El plan de reestructuración de la empresa no prevé (incluso en su última versión revisada en la primavera de 1997) un restablecimiento del equilibrio hasta 1999. El resultado neto de Thomson multimedia previsto para 1999, ligeramente positivo, es muy inferior a las pérdidas previstas en los ejercicios 1997 y 1998. A ello se añade que, con la aportación de capital de 1997, el Estado se hace cargo de las pérdidas anteriores, que se traducen en una situación neta negativa tanto de Thomson multimedia (por una cifra de 2 800 millones de francos franceses el 31 diciembre 1996) como de Thomson SA.
De este modo, durante toda la vigencia del plan presentado por las autoridades, la rentabilidad del capital invertido por el accionista es muy inferior a cero; después del plan de reestructuración, a finales de 1999, la situación neta de Thomson multimedia se situará, según las previsiones de la empresa, en torno a los 7 250 millones de francos franceses. A través de una recapitalización por valor de 10 886 millones de francos franceses, el Estado accionista habrá permitido, a través de su aportación de capital, una pérdida no actualizada de unos 3 600 millones de francos franceses. Si se actualiza con un tipo del 15 % (7), la pérdida de capital sería muy superior a dicha cifra.
A juicio de la Comisión, esta rentabilidad negativa de las inversiones permite pensar que un inversor privado nunca habría, en condiciones análogas, realizado esta aportación de capital y que, por consiguiente, las medidas son ayudas estatales que afectan al comercio y pueden falsear las condiciones de competencia. Por otro lado, las autoridades han manifestado a la Comisión que la operación no es más que la ejecución diferida de una recapitalización decidida por la empresa en 1987 en el momento de la compra de RCA en Estados Unidos de América, y que corresponde a lo que haría un accionista prudente.
Los bancos aceptaron colaborar en el proceso porque confiaban en que el Estado cumpliría -incluso con retraso- su compromiso de recapitalización. La Comisión ha comprobado que, según otros datos aportados por el Gobierno francés, una parte de la presente recapitalización no se destinará a disminuir la deuda. Por otro lado, incluso cuando la recapitalización se destinara en un 100 % a la disminución de la deuda (por tratarse de una recapitalización diferida), la operación no perdería su carácter de ayuda de Estado. En efecto, un accionista privado habría exigido una rentabilidad de los fondos propios invertidos muy superior al servicio de la deuda de la empresa.
Puesto que desde 1987 la empresa no ha podido atender sus deudas crecientes sin recurrir a los fondos propios, una remuneración de fondos propios inferior o igual a dichas deudas, pero a un tipo de remuneración muy superior, que reflejaría lo arriesgado de una inversión en fondos propios, habría sido totalmente imposible, en igualdad de todos los demás factores, en el período 1987-1996. Por lo tanto, a posteriori esta inversión «diferida» no parece ser la propia de un inversor prudente. Por otro lado, las autoridades no han aportado ningún dato que permita apreciar en qué medida podrían resultar ex ante (es decir, de acuerdo con la información vigente en 1987, sobre todo en lo relativo a las previsiones de actividad y a los resultados registrados en la época) las inversiones compatibles con el comportamiento de un inversor privado en una economía de mercado.
Puede concluirse que, en nuestro caso, el carácter diferido de la recapitalización (o de parte de ella) no disminuye su carácter de ayuda de Estado. La Comisión ha tomado nota de los ejemplos de jurisprudencia de los tribunales franceses enviados por las autoridades en los que se reconoce, en asuntos anteriores, una responsabilidad del Estado accionista sobre el pasivo de liquidación mayor que su aportación al capital de la empresa. En asuntos análogos, la Comisión y el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas han rechazado ya en el pasado esta ampliación de la responsabilidad del Estado (8), debido a que mezcla los papeles del Estado accionista y del Estado providencia.
En el caso de Francia, los ejemplos de jurisprudencia señalados no disminuyen en carácter de ayuda a la operación; el Estado accionista, que conocía la jurisprudencia a través de la Ley de recuperación y liquidación judicial de empresas, de 1985 (9), debería haber tomado las medidas que ahora se examinan hace mucho tiempo y, ya a comienzos de los años 90 debería haber emprendido la reestructuración o liquidación de la empresa. Por lo tanto, en este caso no ha mostrado el comportamiento de un accionista o inversor prudente en una economía de mercado, según el principio aplicable anteriormente señalado.
Independientemente de ello, la Comisión considera que las autoridades no han demostrado, como exige la Ley de 1985, que el Estado accionista fuera asimilable a un directivo de hecho o de derecho de la empresa (10). En tal hipótesis, los directivos de hecho se hacen responsables del pasivo de liquidación de una empresa en caso de fallos de gestión en una cuantía igual a sus repercusiones financieras. Finalmente, la Comisión desea señalar que, incluso cuando fueran exactos estos hechos aún sin demostrar, tales disposiciones no permitirían al Estado francés sustraerse a la aplicación del artículo 92 del Tratado sin contradecir el principio de derecho que establece que nadie puede basar una argumentación en sus propios errores.
Teniendo en cuenta el carácter de la ayuda, cuyo objetivo es respaldar la aplicación del plan de reestructuración de una empresa en crisis, parece ser, como se señalaba en el momento de la incoación del presente procedimiento, que sólo puede aplicarse la excepción de la letra c) del apartado 3 del artículo 92. Puesto que nos encontramos ante una operación cuyos elementos de ayuda son muy importantes, para decidir sobre su compatibilidad con el Tratado es conveniente examinar si las medidas pueden optar a la aplicación de dicha excepción; por otro lado, puesto que el objetivo de las medidas es asistir a una empresa en crisis, su compatibilidad deberá evaluarse con arreglo a las normas específicas sobre ayudas de reestructuración.
Las Directrices de la Comisión sobre ayudas de salvamento y reestructuración de empresas en crisis establecen que, para que las ayudas sean compatibles con el Tratado, es necesario que se cumplan varias condiciones: deben concederse para respaldar un plan de reestructuración de la empresa que restablezca la viabilidad a largo plazo de la misma en un tiempo razonable y partiendo de una hipótesis realistas en cuanto a sus futuras condiciones de explotación. La empresa debe obtener un mínimo de rentabilidad del capital que le permita, tras su reestructuración, no tener que recurrir al Estado y enfrentarse a la competencia por sí sola.
Por otro lado, deben tomarse medidas para disminuir al máximo las consecuencias negativas para los competidores; la ayuda debe guardar proporción con los costes y ventajas de la reestructuración. Finalmente, el plan debe llevarse a la práctica íntegramente y respetando las obligaciones impuestas por la Comisión. Para evaluar si las medidas de recuperación de Thomson multimedia propuestas por el Gobierno francés cumplen estas condiciones, la Comisión ha recurrido a los servicios de un consultor independiente (en lo sucesivo, «el consultor») que en el período abril-mayo de 1997 ha llevado a cabo, con la total cooperación de las autoridades francesas y de la empresa, un análisis del plan de reestructuración de Thomson multimedia.
La Comisión ha puesto a disposición de las autoridades francesas las conclusiones del informe del consultor, conclusiones que no han impugnado. Carácter realista de las hipótesis del plan Según las hipótesis iniciales del plan 1997-1999, presentadas por Francia a la Comisión en marzo de 1997 y que se integraban en una prolongación del plan trienal 1996-1998 elaborado por la empresa a finales de 1996, se preveía una evolución del volumen de negocios caracterizada por un fuerte crecimiento. El volumen de negocios debía pasar de 39 300 millones de francos franceses en 1996 a 46 700 millones en 1999, lo que supone un crecimiento en valor del 6 % anual durante el período (véase el cuadro B).
Si las circunstancias no cambiaban, y teniendo en cuenta el aumento del volumen de negocios debido a la recuperación de los ingresos de patentes y licencias, el volumen de negocios aumentaría en un 16 % en tres años, es decir, aproximadamente un 5 % anual. Este crecimiento es muy elevado, sobre todo teniendo en cuenta que los precios de los principales productos del grupo en el ámbito de la electrónica de consumo están bajando por efecto de la guerra de precios entre fabricantes. Tratándose de los nuevos productos digitales (descodificador digital y lector de vídeodiscos), el crecimiento inicialmente previsto por la empresa era muy superior, del orden del 40 % anual en 1997-1998.
La Comisión ha expresado sus dudas sobre el realismo de estas previsiones y ha preguntado al Gobierno francés cuáles eran las hipótesis de precios en las que se basaron para realizar las previsiones de Thomson multimedia. En su carta de 26 de mayo de 1997 a la Comisión, el Gobierno francés indicó que las previsiones se habían realizado a precios corrientes, es decir, teniendo en cuenta unas bajas de precios comprendidas entre el 3 % y el 8 % anuales para los televisores y aparatos de vídeo, y bajas muy superiores para los nuevos productos digitales. Teniendo en cuenta esta baja constante de los precios, las previsiones de aumento del volumen de negocios se presentan como especialmente ambiciosas y reflejaban una tasa de crecimiento real de dos decimales.
Sin embargo, para dichas autoridades el aumento del volumen de negocios no se debería a una expansión de las ventas sino a un reposicionamiento del grupo en los productos del segmento superior. Por otro lado, a comienzos de 1997 el Gobierno francés comunicó a la Comisión unas previsiones de la empresa sobre ventas de nuevos productos digitales revisadas a la baja. La Comisión preguntó también al Gobierno francés cuáles serían las consecuencias sobre los resultados si la cuota de mercado del grupo se estancara al nivel actual en los productos principales, o si las previsiones de desarrollo de los nuevos productos digitales se retrasaran un año con respecto a la hipótesis inicial.
Según dicho Gobierno, esta hipótesis se traduciría en una pérdida anual del volumen de negocios del orden de 1 100 millones de francos franceses para 1999 y una disminución en los resultados de casi 200 millones. El consultor consideró que, en conjunto, las hipótesis de precios eran realistas, por lo que sólo las modificó marginalmente. Por el contrario, puso en tela de juicio el realismo de las previsiones sobre volumen de negocios por varias razones. En primer lugar, la posición comercial de Thomson es muy débil en las regiones de mayor crecimiento, Asia y Europa Oriental. Tampoco hay que descartar que en el período de 1997-1999 se produzcan en América modificaciones de crecimiento significativas, teniendo en cuenta las previsiones de mantenimiento de las cuotas de mercado del grupo al mismo nivel y la revisión a la baja de las previsiones sobre nuevos productos digitales a comienzos de 1997.
En Europa la hipótesis de reconquista de los mercados que constituyen el núcleo de su producción parecen muy poco realistas debido a la gran debilidad comercial de Thomson multimedia. Efectivamente, la empresa se encuentra en el viejo continente en una posición muy débil debido a la fragilidad y dispersión de sus marcas comerciales (Brandt, Saba, Telefunken, Nordmende, Ferguson), ninguna de las cuales puede rivalizar con líderes tales como Sony o Philips. La estrategia comercial de la empresa es la de racionalizar las marcas del grupo reduciendo su número y dando especial relieve a la marca Thomson.
Sin embargo, esta nueva estrategia comercial no ha hecho más que empezar y la marca Thomson cuenta con una cuota de mercado muy pequeña, inferior o igual al 1 % en el Reino Unido, Alemania o Italia, y no está siendo acompañada de una inversión publicitaria comparable a la de sus competidores. A juicio de la Comisión, hay que tener en cuenta también el hecho de que una estrategia consistente en centrarse en una o dos marcas principales es muy larga de llevar a la práctica y, en un primer momento, susceptible de traducirse en una pérdida suplementaria de cuotas de mercado. Por otro lado, la relación producción-mercado es muy poco dinámica en Europa y se caracteriza por una reacción mucho más lenta del sistema productivo a la información procedente del mercado (un promedio de tres meses en el caso de Thomson multimedia, frente a tres a cinco semanas, en el de sus principales competidores).
Todos estos factores han llevado al consultor a revisar las previsiones de venta de Thomson multimedia en el mundo, en América, y, especialmente, en Europa. En vez de unas ventas en el sector de la electrónica de consumo (exceptuando la fabricación de tubos de televisor) de 22 700 millones de francos franceses en América y de 12 300 millones en Europa para el año 1999, las cifras serían, según el consultor, de 22 200 y 10 100 millones de francos franceses, respectivamente. En Europa, la principal diferencia con relación a las previsiones de la empresa aparece en las previsiones de venta de televisores, ya que la cuota de mercado se mantendría a los niveles de 1996 (un 11 % aproximadamente), frente a la situación de reconquista prevista por la empresa.
A nivel consolidado, el volumen de negocios del grupo pasaría a 43 300 millones de francos franceses en 1999, casi 3 000 millones menos que en la última versión de la empresa. Con todo, se prevé un crecimiento del 10 % en los tres años del plan, un poco más del 3 % anual. En términos reales, y teniendo en cuenta una baja de los precios medios superior al 5 % anual en el sector de la electrónica de consumo, esta situación sigue siendo, a juicio de la Comisión, un objetivo ambicioso para un grupo cuyas cuotas de mercado se han deteriorado a lo largo de los dos últimos años. Viabilidad de la empresa Thomson multimedia Como subrayó la Comisión en el momento de la apertura del presente procedimiento, sin la seguridad que aporta un accionista público Thomson multimedia no habría podido enfrentarse a una situación de déficit crónico como la sufrida a lo largo de los años noventa y a una acumulación de deudas por valor de unos 16 000 millones de francos franceses (a finales de 1996).
El acceso de Thomson multimedia y de su empresa matriz al mercado financiero se habría ido cerrando progresivamente y hoy en día estaría totalmente descartada debido a la situación neta negativa del grupo (-2 800 millones de francos franceses de Thomson multimedia a finales de 1996). La aportación de capital de unos 11 000 millones de francos franceses notificada por Francia no es por sí sola suficiente para restablecer la viabilidad del grupo: un cálculo global demuestra que, incluso disminuyendo la deuda en una cuantía igual a la de la recapitalización prevista, la empresa se ahorra unos 700 millones de francos franceses anuales, es decir, bastante menos que el déficit registrado en 1996, tanto en el resultado corriente (-1 500 millones de francos franceses) como en el resultado neto (-2 700 millones en 1996, teniendo en cuenta las importantes provisiones para reestructuraciones).
De ello se desprende que sólo puede hacerse un juicio de la viabilidad de la empresa teniendo en cuenta los aspectos comerciales e industriales del plan de restablecimiento de la empresa. Para determinar el nivel de rentabilidad que puede alcanzar Thomson multimedia y juzgar si la empresa puede considerarse viable, la Comisión tiene en cuenta dos elementos. En primer lugar hay que asegurarse de que la tasa de rentabilidad de la empresa supere suficientemente el coste de la deuda, porque de lo contrario el efecto de palanca de esta última será negativo y la empresa sólo podrá financiarse mediante nuevas deudas poniendo en peligro su rentabilidad, como ha podido comprobarse en los últimos años.
El Gobierno francés indicó a la Comisión que el tipo de interés utilizado para calcular el efecto marginal de toda variación de la deuda es, durante todo el plan de reestructuración, del 6,5 %. Pero esto no es suficiente teniendo en cuenta la necesidad de Thomson multimedia de disminuir la deuda y de percibir una remuneración normal sobre sus fondos propios con el fin de atraer capital de riesgo, lo que implica una prima de riesgo que estará en función de la situación de la empresa y del tipo de interés sobre la deuda. Los documentos facilitados por el Gobierno francés a la Comisión acerca del tipo de actualización aplicado en 1996 por los bancos de negocios que asesoraban al Tesoro y a Thomson con el fin de evaluar Thomson multimedia muestran que dicho tipo era del 15 % aproximadamente.
Tras el plan de reestructuración presentado por el Gobierno francés, la Comisión piensa que debería esperarse una tasa de rentabilidad (derivada de los fondos propios) próxima a dicha cifra indicativa del 15 %. En cualquier caso, para garantizar la viabilidad de la empresa a largo plazo, debería situarse en la parte superior de la zona comprendida entre el 6,5 % (coste de la deuda) y esta cifra indicativa del 15 % (coste de los fondos propios según los bancos de negocios). Hay que añadir, teniendo en cuenta la fuerte competitividad de los mercados de electrónica de consumo, la guerra de precios entre los principales fabricantes y la gran necesidad de financiación que requiere invertir en las nuevas generaciones de productos, que sólo con un nivel de rentabilidad elevado se puede garantizar la viabilidad de la empresa a largo plazo, incluso cuando la situación del mercado es adversa.
En el orden industrial, parece ser que la falta de competitividad del grupo se debe a tres factores: i) los elevados costes de la mano de obra en América del Norte y Europa con relación a los productores asiáticos; ii) la multiplicidad de los centros de producción, lo que se traduce en unas series que son insuficientes para amortizar los gastos fijos; iii) un gran número de referencias de la gama de productos. Las medidas propuestas en el plan de reestructuración presentado a la Comisión pretenden resolver esta situación. En América está en curso el cierre de centros de producción de Thomson multimedia en Estados Unidos y Canadá, puesto que la capacidad de producción se está concentrando en México.
En Europa se ha decidido cerrar los centros de Celle y Hannover, en Alemania, cuya producción se trasladará progresivamente a Angers, en Francia y Tarancón, en España. La Comisión, que otorga una especial importancia a que estas medidas, cuando son ineluctables, se preparen y desarrollen en el marco de una verdadera concertación social, ha podido comprobar, a través de información comunicada por el Gobierno francés, que en Alemania se ha celebrado un acuerdo con los sindicatos en el mes de abril. En enero se firmó un protocolo similar con el sindicato de Prescott, Canadá, y en Estados Unidos se está llevando a cabo una concertación social con el personal de los centros que van a cerrarse.
La Comisión ha podido también comprobar que las fábricas de Celle y Hannover estaban situadas en la región de Hannover, que no puede optar a ayudas regionales con arreglo a las letras a) y c) del apartado 3 del artículo 92, y que según el Gobierno francés dichos centros no han recibido ayudas públicas. Según la información presentada por dicho Gobierno, el plan social, que afecta a 10 640 trabajadores, se traducirá en una disminución de la plantilla del grupo de 4 000 personas, teniendo en cuenta el flujo de contratación previsto entre los centros de producción a los que se transferirá en parte la producción.
Esto significa una disminución de la plantilla del grupo del 12,3 % en tres años. Teniendo en cuenta el crecimiento previsible del volumen de negocios (3 % anual, según el consultor de la Comisión) y, suponiendo que permanezca estable el componente de valor añadido del volumen de negocios, la productividad aparente (sobre el valor de la producción, sin tener en cuenta los efectos de volumen) aumentaría en un 7 % anual aproximadamente. La Comisión considera que estos objetivos son ambiciosos, pero que no está demostrado que Thomson multimedia pueda situarse en un nivel de productividad similar al de sus competidores.
El consultor ha subrayado, en particular, que el margen obtenido sobre los costes de producción gracias al plan será totalmente absorbido en 1999 a causa de la baja de los precios de venta. Sin embargo considera que, contemplando el plan industrial presentado por la empresa y el Gobierno francés, la organización industrial resultante situaría al grupo al mismo nivel que sus principales competidores y que la racionalización de las gamas de productos aumentará la eficacia de los centros de producción en su ámbito de especialización. Según dicho consultor, esta organización industrial debería permitir superar unas circunstancias adversas, por lo que no se comprometería el plan de ataque previsto por la empresa.
De este modo, una eventual reducción de las ventas de los televisores del grupo de 600 000 unidades en Europa y Asia con relación a lo esperado (un -20 %) no le obligaría a planificar de nuevo su organización industrial. La flexibilidad del aparato de producción de televisores, especialmente en Europa, donde los riegos comerciales son mayores, permitirá evitar un plan de reestructuración suplementario; esta flexibilidad se basa en la importancia que adquieren los costes variables sobre los costes fijos, en la adaptabilidad de la fábrica de Tarancón, en España, y en la capacidad de los directivos para efectuar reajustes de capacidad en la fábrica de Polonia, actualmente en construcción, según evolucione la producción.
Esta flexibilidad, así como la importancia adquirida por los costes variables con relación a los fijos, permitirá que lo que la empresa pueda dejar de ganar sobre el volumen de negocios previsible se refleje en escasa medida en sus resultados. Con todo, la precariedad del plan de restablecimiento de Thomson multimedia reaparece cuando se contemplan las previsiones de actividad de la empresa: en el ámbito de la televisión (aparte de la venta de tubos) la actividad sería deficitaria para el año 1999, tanto en América como en Europa. En América, el déficit se compensaría en dicho año gracias a los resultados de los demás productos, especialmente de la gama de nuevos productos digitales.
Éste no será el caso en Europa, que seguirá registrando un déficit global. Sólo a nivel consolidado, teniendo en cuenta, por un lado, el margen obtenido con las ventas de tubos (Thomson multimedia vende a otros fabricantes la mitad de su producción de tubos catódicos para televisor) y, por otro, la recuperación de los ingresos de licencias y patentes en 1999, podrá Thomson alcanzar un resultado excedentario en 1999. En la primavera de 1997 la empresa comunicó al consultor un nuevo panorama que corregía a la baja algunas de sus previsiones de venta. Esta nueva hipótesis modifica de forma importante la rentabilidad esperada a partir de 1997.
Sería necesario hacer algunas observaciones sobre las rectificaciones efectuadas sobre la hipótesis inicial, presentada en marzo a la Comisión. En primer lugar, Thomson multimedia, viendo que las previsiones iniciales para 1997 eran ya irrealizables, las corrigió fuertemente a la baja: el volumen de negocios sufriría una baja del 2,6 % en valor en lugar de un alza del 7 %, lo que supone una variación de cerca del 10 %. Esta drástica revisión a la baja ya en el primer año del plan confirma la precariedad de las previsiones y permite que se pongan en duda las correspondientes a los años 1998 y 1999, en la medida en que las divergencias con relación a las previsiones iniciales aumentan con el tiempo.
En segundo lugar la empresa, en lugar de considerar la fragilidad de las previsiones y corregir a la baja las relativas a la venta, para compensar el menor crecimiento previsible en 1997 ha vaticinado un incremento en 1998 y 1999 que eleva el volumen de negocios en un 10 % aproximadamente en cada uno de los dos años. Teniendo en cuenta las previsiones de precios, que prevén una disminución del orden del 5 % anual en los precios de venta del grupo, el crecimiento del volumen de ventas del grupo debería ser superior a estas cifras. En un mercado de gran madurez y caracterizado por un crecimiento muy débil, las previsiones para 1998 y 1999 son, a juicio de la Comisión, muy poco realistas.
Cuadro D Variantes en comparación con las previsiones del plan de reestructuración >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> En tercer lugar, en las previsiones revisadas la empresa determina una provisión global mayor para riesgos generales («risk assessment»), ya que pasa de 190 millones de francos franceses en 1997 a 748 millones en 1999. La provisión ya se han tenido en cuenta a la hora de determinar los resultados de explotación de la empresa, por lo que quedan invariables. Los responsables de Thomson y las autoridades francesas no han indicado claramente qué factores permitirían efectuar ahorros con relación al plan presentado en marzo a la Comisión, manteniendo así el resultado inicialmente previsto a pesar del gran aumento de la provisión.
Sin embargo en cuanto a esta última, y a la vista del gran riesgo de error que existe en cuanto a las previsiones, la Comisión opina que la provisión global está justificada por razones cautelares. En su hipótesis de resultados, el consultor ha integrado sus propias variantes (véase cuadro E) en comparación con la hipótesis de Thomson multimedia, aunque manteniendo la provisión para riesgos generales. Su hipótesis es una vía media, con relación a la cual la prudencia aconseja prever un margen de seguridad. Por otro lado, como las previsiones de actividad de la empresa han debido revisarse a la baja a partir de 1997, le ha parecido prudente mantener la provisión.
Teniendo en cuenta todos estos factores, el resultado neto antes de impuestos sería en 1999 de 530 millones de francos franceses, es decir, un 7,6 % de los capitales propios en ese momento. Este nivel de rentabilidad, aunque todavía poco elevado, es superior al mínimo exigido para hacer frente a las deudas del grupo y garantizar a corto plazo la viabilidad de la empresa, pero seguiría siendo insuficiente, sin los compromisos suplementarios contraídos por el Gobierno francés (véase más adelante), para demostrar su viabilidad a largo plazo. A pesar de la fuerte revisión a la baja del volumen de negocios, esta previsión de resultados no es tan estricta como cabría esperar.
Lo moderado de la revisión se explica por el predominio de los costes variables sobre los fijos que, hasta cierto punto, permite que en los márgenes sólo se refleje una parte mínima de las pérdidas de venta. Pero si las ventas fueran muy inferiores a lo previsto, la variación de los resultados podría ser mucho mayor a la del volumen de negocios, ya que la organización industrial tendría que modificarse. >SITIO PARA UN CUADRO> Partiendo de esta base, el consultor ha llegado a la conclusión de que la empresa no podría soportar sola un vuelco coyuntural o la financiación de una expansión más sostenida.
Los competidores de Thomson multimedia se enfrentan a estos mismos problemas de rentabilidad debido a la baja de precios, aunque de forma menos aguda, pero las principales empresas de electrónica de consumo forman parte de grupos multinacionales que operan en otros ramos de actividad y realizan volúmenes de negocios de entre 200 000 y 400 000 millones de francos franceses, es decir, entre 5 y 10 veces el volumen de negocios de Thomson multimedia, y pueden amortizar las fluctuaciones de las ventas y de los márgenes obtenidos en la electrónica de consumo gracias a las demás actividades. Mientras Thomson multimedia siga estando aislado no podrá resistir a una situación de crisis del mercado ni, al contrario, efectuar inversiones para aprovechar las oportunidades de desarrollo de nuevos productos.
Partiendo de las previsiones de resultados cuya fragilidad, puesta de relieve por los márgenes de error ya registrados a comienzos de 1997, incita a la prudencia, la Comisión considera que la viabilidad a largo plazo de Thomson multimedia como empresa independiente no que quedaba plenamente garantizada por el plan de reestructuración presentado a la Comisión en marzo de 1997, y eran necesarios los compromisos suplementarios contraídos por el Gobierno francés en su carta de 17 de septiembre de 1997 (véase más adelante). Por otro lado, hay que subrayar que, aunque en el ejercicio contable 1996 se haya previsto una provisión respecto a los costes del plan de reestructuración, la empresa seguirá siendo deficitaria en 1997 y 1998, y que el restablecimiento de la rentabilidad en 1999 será todavía insuficiente para que la empresa disponga de una autonomía financiera real a largo plazo derivada de sus propios márgenes y su propia autofinanciación.
Esto significa que, para conseguir una viabilidad durable, serán necesarias medidas suplementarias de reestructuración interna. El coste de estas medidas suplementarias destinadas a mejorar la rentabilidad a largo plazo supondrían una nueva rémora sobre la rentabilidad a corto plazo de Thomson multimedia. Por todo ello, la Comisión considera que sólo mediante una asociación con uno o varios colaboradores industriales sólidos que aporten a Thomson multimedia una sinergia industrial y comercial en los ámbitos que constituyen el núcleo de sus actividades, y que le permitan llevar a buen término su proceso de consolidación interna, se podrá garantizar la viabilidad a largo plazo de la empresa.
Esta asociación permitiría aprovechar al máximo la red de distribución del grupo, especialmente en regiones en las que es especialmente conocida comercialmente, como América del Norte. Los socios permitirían a Thomson multimedia ofrecer nuevos productos y servicios sin tener que correr con todos los costes de desarrollo. Le permitirían también encontrar nuevos mercados para sus actuales productos y rentabilizar mejor sus inversiones. Esta estrategia de incremento del valor añadido sin comprometer nuevo capital le permitiría aumentar sensiblemente el margen de beneficios del grupo en el período del plan de reestructuración y, en particular, la tasa de rentabilidad con relación al capital propio, gracias a lo cual podría acercarse al nivel normal de remuneración esperado por un accionista prudente y proseguir la disminución de la deuda ya iniciada con la actual recapitalización.
Los compromisos del Gobierno francés respecto a estas asociaciones, que figuran en la letra a) del apartado 3 del artículo 1 de la presente Decisión, contribuyen a despejar las dudas formuladas por la Comisión respecto a la viabilidad a largo plazo de la empresa. La Comisión hace asimismo notar que, el hecho de que el Gobierno francés confirme que, según concibe la recapitalización notificada a la Comisión, la aportación de capital deberá liquidar todas las cuentas, sin que posteriormente pueda procederse a conceder nuevas ayudas, demuestra su confianza en la viabilidad del grupo Thomson multimedia recapitalizado de este modo.
Prevención de un falseamiento indebido de la competencia Teniendo en cuenta el mencionado riesgo de falseamiento de la competencia en el ámbito de la venta de televisores en color en Europa, el plan presentado por Francia, en el que se augura una reconquista de las cuotas de mercado en este segmento, podría aumentar considerablemente las tensiones del mismo. En el plan no se prevé ninguna compensación para los competidores por el falseamiento de la competencia que pudieran sufrir. Por ello, no puede ser aceptado en su forma actual y Thomson multimedia debe poner límites a su cuota en el mercado de los televisores de color en Europa.
La Comisión, partiendo de los trabajos realizados por el consultor, considera que una limitación de las cuotas de la empresa en el mercado de los televisores de color en Europa es, no sólo necesaria, sino también realista y que, teniendo en cuenta las ventajas de flexibilidad que ofrece la producción de televisores de este tipo, dicha limitación es compatible con la viabilidad de la empresa. La Comisión considera también, teniendo en cuenta las posibilidades de subcontratación de la producción de televisores con otros fabricantes y las dificultades que comporta la definición de las capacidades, que dicha limitación es en este caso concreto la mejor manera de evitar un falseamiento indebido de la competencia, manteniendo al mismo tiempo la flexibilidad necesaria para adaptarse a la evolución del mercado.
La Comisión toma nota de los nuevos compromisos contraídos por Francia, presentados por el ministro de Economía, Finanzas e Industria en su carta de 17 de septiembre de 1997 y reproducidos en la letra b) del apartado 3 del artículo 1 de la presente Decisión. A su juicio, una congelación de la cuota de Thomson multimedia en el mercado comunitario de televisores de color en un 10 %, es decir, un 1 % menos que el nivel histórico más bajo alcanzado por el grupo en 1996, supone una contrapartida muy significativa que compensaría los efectos negativos de las ayudas sobre la competencia. Carácter proporcional de las medidas de ayuda Partiendo de las previsiones enviadas por francia en su carta de 26 de mayo, la estructura del balance sería, para el año 1999, de 8 200 millones de francos franceses de capital propio y unas deudas netas por valor de 8 600 millones, es decir, una tasa de endeudamiento neto con relación a los fondos propios próxima a 1.
Partiendo de la hipótesis corregida del consultor de la Comisión, caracterizada por unas pérdidas mayores en 1997 y 1998 y unos beneficios menores en 1999, dicha tasa se situaría para 1999 cera del 1,25 %, es decir, que la estructura del balance se caracteriza todavía por una gran tensión. Esto hace que la capitalización de Thomson multimedia siga siendo aún desfavorable para dicho año en comparación con sus principales competidores. Las medidas de recapitalización notificadas por el Gobierno francés no harán que Thomson multimedia cuente con unos recursos financieros excedentarios con relación a sus principales competidores.
Por otro lado, la empresa pone en movimiento todos los recursos financieros a su disposición para financiar el plan de reestructuración, cuyos principales costes industriales ya han sido objeto de una provisión consignada en sus cuentas de 1996, antes incluso de recibir la nueva aportación de capital del Estado. En el período 1997-1999, la autofinanciación derivada de la explotación cubrirá un 100 % de las necesidades de inversión de la empresa y un 35 % del total de sus necesidades financieras (incluyendo, una disminución de la deuda de unos 9 000 millones de francos franceses), ya que el saldo de financiación (65 %) queda cubierto por la recapitalización, que asciende a unos 11 000 millones de francos franceses.
La Comisión considera, por otro lado, que la ayuda se limita al mínimo estrictamente necesario; por cada mil millones de menos en la aportación de capital, el resultado neto antes de impuestos se reduciría en 65 millones de francos franceses, lo que haría más inalcanzables los objetivos de la empresa en materia de márgenes. Sin embargo, la solución para la mejora de la estructura financiera de Thomson multimedia no es buscar un aporte suplementario de fondos (que, teniendo en cuenta los bajos márgenes generados por la explotación, haría bajar su tasa de rentabilidad sobre los fondos propios), sino más bien intervenir en el ámbito estructural para permitir un aumento de los márgenes de cara a un desendeudamiento progresivo.
VI. CONCLUSIONES Al término del procedimiento incoado el 18 de diciembre de 1996 respecto a las medidas de recapitalización de Thomson SA, cuyo beneficiario es Thomson multimedia, y a la cesión al Estado de acciones de Crédit Lyonnais propiedad de Thomson SA, la Comisión ha llegado a las siguientes conclusiones: 1. Cesión al Estado de acciones de Crédit Lyonnais propiedad de Thomson SA La sobrevaloración de un 30 % estimado del precio de la operación de cesión de acciones de Crédit Lyonnais propiedad de Thomson SA al Estado constituye una ayuda de Estado por un valor de 145,6 millones de francos franceses.
Esta ayuda no notificada, aprobada por las autoridades francesas el 20 de mayo de 1996, cuando se firmó el acuerdo entre el Estado y Thomson, es anterior al plan de recuperación de Thomson multimedia, notificado a la Comisión en octubre de 1996. Por esta ayuda el Estado deja de percibir fondos por un importe igual a la cantidad citada, que se considera a fondo perdido. Esta ayuda sólo podría entrar en el ámbito de aplicación de la letra c) del apartado 3 del artículo 92, única excepción posible para este tipo de medidas. Sin embargo, el Gobierno francés no ha facilitado a la Comisión elementos que le permitan concluir que, en el momento en que fue concedida, podía ser compatible con el Tratado en virtud de dicha excepción.
Por lo tanto, además de ilegal, la ayuda es incompatible con el Tratado. 2. Recapitalización de Thomson SA y de Thomson multimedia Thomson multimedia, beneficiaria de una aportación de capital por valor de unos 11 000 millones de francos franceses notificada por el Gobierno francés, sigue apareciendo como una empresa en una situación delicada para el año 1999, después de la recapitalización y del plan de reestructuración presentados. El grupo dispone de grandes bazas, entre ellas una competencia tecnológica que la sitúa en una buena posición de cara al lanzamiento al mercado de nuevos productos digitales.
Pero la empresa seguirá siendo aún deficitaria en dicho año en su actividad principal (los televisores), y su situación es especialmente inestable en Europa, donde su posición comercial es insegura. Las medidas emprendidas de reestructuración industrial y reorganización son necesarias, pero quizá no sean suficientes para restablecer la viabilidad a largo plazo, por lo que será necesario lograr un aumento de productividad suplementario. La tasa de rentabilidad previsible no bastará para que el grupo encuentre una viabilidad a largo plazo si no se asocia a unos colaboradores sólidos que le aporten una sinergia industrial y comercial que le permita resistir a la fuerte competencia internacional que impera en los mercados de la electrónica de consumo.
La Comisión considera que la puesta en marcha de esta asociación es una condición sine qua non para lograr la viabilidad de Thomson multimedia. Teniendo en cuenta los compromisos contraídos por el Gobierno francés en torno a la puesta en práctica de estas operaciones de asociación antes de finales de 2000, cabe valorar positivamente las perspectivas de viabilidad. Las previsiones del plan inicial de reestructuración entorno a las ventas de televisores en color del grupo en Europa, dejando de lado su carácter poco realista a juicio de la Comisión, son incompatibles con el mercado común porque preveían una reconquista de las cuotas de mercado en unas condiciones de explotación deficitarias, lo que no sería posible sin las ayudas notificadas.
En un mercado en el que el momento actual imperan unos niveles de utilización de la capacidad de producción del orden del 85 %, la aplicación de esta estrategia afectaría de forma muy negativa a las condiciones de competencia. Por lo tanto, los objetivos deben revisarse a la baja teniendo en cuenta los últimos compromisos contraídos por las autoridades francesas de limitar las cuotas de mercado de Thomson multimedia en el ámbito de los televisores a un nivel que no supere el 10 % de dicho mercado en la Comunidad. Teniendo en cuenta todo lo anteriormente expuesto, y siempre que se cumplan íntegramente los últimos compromisos contraídos por el Gobierno francés, que figuran en el apartado 3 del artículo 1 de la presente Decisión, la Comisión considera que la ayuda contenida en la recapitulación notificada, por valor de 11 000 millones de francos franceses, puede acogerse a la excepción prevista en la letra c) del apartado 3 del artículo 92 del Tratado y en la letra c) del apartado 3 del artículo 61 del Acuerdo EEE, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1 1. Las medidas de ayuda concedidas por Francia a Thomson SA en forma de sobrevaloración del precio de compra de la participación de un 3,01 % del capital de Crédit Lyonnais, propiedad de la empresa, constituyen una ayuda a efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 92 del Tratado y del apartado 1 del artículo 61 del Acuerdo EEE. Esta ayuda es ilegal y no puede declararse compatible con el mercado común a efectos de los apartados 2 y 3 del artículo 92 del Tratado y de los apartados 2 y 3 del artículo 61 del Acuerdo EEE. 2. La recapitalización de 11 000 millones de francos franceses de Thomson SA, cuyo beneficiario es Thomson multimedia, constituye una ayuda a efectos del apartado 1 del artículo 92 del Tratado y del apartado 1 del artículo 61 del Acuerdo EEE.
Esta ayuda es compatible con el mercado común y con el Acuerdo EEE con arreglo a la letra c) del apartado 3 del artículo 92 del Tratado y a la letra c) del apartado 3 del artículo 61 del Acuerdo EEE, siempre que el Gobierno francés cumpla los compromisos contemplados en el apartado 3 y las condiciones contemplados en el apartado 4. 3. Francia contra los siguientes compromisos: a) antes de finalizar el año 2000, Thomson multimedia concertará alianzas estratégicas de carácter industrial con el fin de asegurar su viabilidad y garantizar su desarrollo a largo plazo en sus actuales ámbitos de operación y en los sectores con futuro; b) hasta el 31 de diciembre de 2000, Thomson multimedia limitará sus cuotas de mercado en el ámbito de los televisores a un nivel que no superará el 10 % del total comunitario; para mantener su rentabilidad, el grupo tomará todas las medidas necesarias para integrar este compromiso en la evolución de su aparato productivo, tanto si se trata de las capacidades actuales como de las de nueva creación.
Tratándose del ámbito de los televisores en Estados Unidos y de los demás productos del grupo en Europa y Estados Unidos, en grupo limitará estrictamente la evolución de sus cuotas en el período 1996-1998 a los objetivos que se definen en el plan de recuperación de la empresa presentado a la Comisión; c) en los próximos meses, Thomson multimedia adoptará, como complemento del plan de recuperación industrial, medidas de mejora de su política comercial y de su política de marcas según las pautas preconizadas por el consultor de la Comisión; d) se presentará a la Comisión un informe semestral sobre la aplicación del plan de recuperación y sobre la observancia de estos compromisos.
Por otro lado, el Gobierno francés confirma que, según concibe la recapitalización notificada a la Comisión, se trata de una aportación de capital destinada a liquidar todas las cuentas, sin que pueda procederse a conceder nuevas ayudas (con excepción de las que persigan un interés comunitario tales como ayudas de investigación y desarrollo) en los próximos años; si surgieran circunstancias imprevisibles en este momento que justificaran una aportación de capital dentro de la lógica de un inversor prudente, el Gobierno francés informaría previamente de ello a la Comisión y se ajustaría a las disposiciones del Tratado.
4. Para garantizar la compatibilidad de la ayuda con el mercado común, el Gobierno francés velará por el cumplimiento de las siguientes condiciones: a) Thomson SA destinará la totalidad de los fondos de recapitalización previstos a la recapitalización de Thomson multimedia y sólo utilizará las ayudas para los fines definidos en el plan; b) Thomson multimedia pondrá en práctica las medidas de reestructuración previstas en el marco del plan 1997-1999 presentando a la Comisión; una vez consideradas las condiciones impuestas por la presente Decisión, no modificará las condiciones previstas en el plan de reestructuración, salvo autorización previa de la Comisión; c) las autoridades francesas comunicarán anualmente a la Comisión los balances de Thomson SA y de Thomson multimedia; d) el compromiso de limitación de las cuotas de mercado en el sector de los televisores, contraído en la letra b) del apartado 3, deberá interpretarse como una limitación a un nivel del 10 % del mercado comunitario de los televisores definido en valor; e) se llevará a cabo un seguimiento del compromiso contraído en la letra d) del apartado 3 respecto al conjunto de los productos del grupo en el mundo y durante toda la vigencia del plan de reestructuración, y, en lo que respecta a los televisores en la Comunidad, hasta el 31 de diciembre de 2000.
El seguimiento incluirá la evolución de la producción, de las ventas y de las cuotas de Thomson multimedia en Europa y en el mundo; incluirá también indicadores que comparen los precios de sus principales productos con los de sus competidores de Europa. El seguimiento se llevará a cabo sobre la base de un pliego de condiciones (acerca del cual se consultará a la Comisión) confiado a un experto independiente designado a tal fin como el acuerdo de la Comisión; f) las autoridades francesas informarán a la Comisión detalladamente de la evolución de la situación de Thomson SA y de Thomson multimedia; g) salvo circunstancias excepcionales imprevisibles en este momento y ajenas a la empresa, se concede la presente recapitalización a Thomson multimedia como liquidación de todas las cuentas y las autoridades no podrán conceder en los próximos años a la empresa ninguna nueva ayuda (con excepción de las que persigan un objetivo de interés comunitario, tales como las ayudas de investigación y desarrollo); h) el traslado de pérdidas que dan lugar a créditos fiscales se efectuará de conformidad con el punto 3.2.2.C de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis.
En particular, la posibilidad de que las empresas del grupo Thomson SA aplacen las deudas fiscales anteriores a 1997 imputables a Thomson multimedia queda suprimida hasta un importe igual a las pérdidas fiscales cubiertas por el aumento de capital notificado a la Comisión. Artículo 2 El Gobierno francés exigirá la restitución, desde la cuenta bloqueada abierta a los efectos de la presente operación, de la sobrevaloración por un importe de 145,6 millones de francos franceses correspondientes al elemento de ayuda estatal incluida en el producto de la cesión al Estado de acciones de Crédit Lyonnais propiedad de Thomson SA, equivalentes a un 3,01 % del capital y con un valor de 482 millones de francos franceses.
Se recuperarán también de dicha cuenta bloqueada los productos financieros generados por dicha sobrevaloración. Artículo 3 Francia informará a la Comisión en un plazo de dos meses a partir de la notificación de la presente Decisión de las medidas que haya adoptado en cumplimiento de la misma. Artículo 4 La destinataria de la presente Decisión será la República Francesa. Hecho en Bruselas, el 1 de octubre de 1997. Por la Comisión Karel VAN MIERT Miembro de la Comisión (1) DO C 90 de 20. 3. 1997, p. 3. (2) DO C 368 de 23. 12. 1994, p. 12. (3) DO C 90 de 20. 3. 1997, p. 7. (*) En la versión de la presente Decisión destinada a la publicación, se han omitido determinados elementos por razones de confidencialidad.
(4) Como medida de precaución -puesto que el 18 de diciembre de 1996 la Comisión había incoado el presente procedimiento- en febrero de 1997 las autoridades depositaron los fondos de la operación en una cuenta bloqueada. (5) Datos de Panorama de la industria comunitaria, 1997, Volumen II, cifras de 1994. En 1994 la producción japonesa alcanzó un valor de 130 000 millones de ecus, frente a los 44 500 millones de la comunitaria. (6) DO C 307 de 13. 11. 1993, p. 3. (7) A finales de 1996 el banco asesor de las autoridades para la tasación de Thomson multimedia llegó a un tipo de actualización del 15 %.
(8) Véanse, en particular, la Decisión 94/1073/CE de la Comisión en el asunto Bull (DO L 386 de 31. 12. 1994, p. 1) y Sentencia del Tribunal de Justicia en los asuntos acumulados C-278/92, C-279/92 y C-280/92, HYTASA, de 14 de septiembre de 1994, Rec. 1994, p. I-4103 y siguientes, considerando 22. (9) Ley de 25 de enero de 1985 relativa a la recuperación y liquidación judicial de empresas, artículos 179 y 180, JORF de 26 de enero de 1985. (10) Hay que recordar a este efecto los comentarios del profesor Guyon sobre el asunto «Tribunal de Apelación de Versalles de 29 de noviembre de 1990», D 1991, p.
133, según los cuales el hecho de que el Estado nombre uno o varios miembros del consejo de administración de una empresa no basta para hacer de él «un directivo de hecho».