98/379/CE: Decisión del Consejo de 11 de mayo de 1998 sobre la aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Federación de Rusia relativo al comercio de productos textiles Diario Oficial n° L 169 de 15/06/1998 p. 0001 - 0001 DECISIÓN DEL CONSEJO de 11 de mayo de 1998 sobre la aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Federación de Rusia relativo al comercio de productos textiles (98/379/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 113 en relación con la primera frase del apartado 2 de su artículo 228, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando que la Comisión ha negociado, en nombre de la Comunidad, un Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Federación de Rusia relativo al comercio de productos textiles, rubricado el 28 de marzo de 1998;
Considerando que este Acuerdo deberá aplicarse con carácter provisional a partir del 1 de mayo de 1998 a la espera de que finalicen los procedimientos necesarios para su celebración, supeditado a la aplicación provisional recíproca del mismo por la Federación de Rusia, DECIDE: Artículo 1 El Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Federación de Rusia relativo al comercio de productos textiles se aplicará con carácter provisional a partir del 1 de mayo de 1998 hasta su celebración formal y supeditado a la aplicación provisional recíproca del mismo por la Federación de Rusia. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Hecho en Bruselas, el 11 de mayo de 1998. Por el Consejo El Presidente J. BATTLE