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98/396/CE: Decisión de la Comisión de 29 de mayo de 1998 por la que se deroga la Decisión 98/85/CE relativa a determinadas medidas de protección con respecto a las aves vivas procedentes u originarias de Hong Kong y de la República Popular de China [notificada con el número C(1998) 1415] (Texto pertinente a los fines del EEE)

CELEX
31998D0396
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
1998-05-29
In force since
1998-06-02
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

98/396/CE: Decisión de la Comisión de 29 de mayo de 1998 por la que se deroga la Decisión 98/85/CE relativa a determinadas medidas de protección con respecto a las aves vivas procedentes u originarias de Hong Kong y de la República Popular de China [notificada con el número C(1998) 1415] (Texto pertinente a los fines del EEE) Diario Oficial n° L 176 de 20/06/1998 p. 0032 - 0032 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 29 de mayo de 1998 por la que se deroga la Decisión 98/85/CE relativa a determinadas medidas de protección con respecto a las aves vivas procedentes u originarias de Hong Kong y de la República Popular de China [notificada con el número C(1998) 1415] (Texto pertinente a los fines del EEE) (98/396/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 96/43/CE (2), y, en particular, el apartado 7 de su artículo 18, Considerando que la Comisión, a raíz de un brote del virus H5N1 de la gripe en seres humanos en Hong Kong, y con vistas a una posible relación epidemiológica entre los seres humanos y las aves de corral, ha adoptado la Decisión 98/85/CE, de 16 de enero de 1998, relativa a determinadas medidas de protección con respecto a las aves vivas procedentes u originarias de Hong Kong y de la República Popular de China (3);

Considerando que el objetivo de la presente Decisión es evitar la introducción del virus H5N1 de la gripe en la Comunidad a través de los envíos de aves vivas; Considerando que, de conformidad con la información de la OMS, parece improbable que el virus siga presente en la población humana o en los animales; Considerando que, por consiguiente, procede derogar la Decisión 98/85/CE; Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Queda derogada la Decisión 98/85/CE. Artículo 2 Los Estados miembros modificarán las medidas que aplican a los intercambios comerciales con el fin de adecuarlas a la presente Decisión.

Informarán inmediatamente de ello a la Comisión. Artículo 3 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 29 de mayo de 1998. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 268 de 24. 9. 1991, p. 56. (2) DO L 162 de 1. 7. 1996, p. 1. (3) DO L 15 de 21. 1. 1998, p. 45.

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