Resolución del Comité Consultivo CECA sobre el refuerzo de la integración del carbón y del acero en el Quinto Programa Marco comunitario de investigación y desarrollo (1998-2002) Diario Oficial n° C 155 de 20/05/1998 p. 0010 - 0011 RESOLUCIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO CECA SOBRE EL REFUERZO DE LA INTEGRACIÓN DEL CARBÓN Y DEL ACERO EN EL QUINTO PROGRAMA MARCO COMUNITARIO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (1998-2002) (98/C 155/04) (Texto pertinente a los fines del EEE) (aprobada por unanimidad con una abstención en la sesión n° 339 celebrada el 2 de abril de 1998) EL COMITÉ CONSULTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBÓN Y DEL ACERO, hace referencia a la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Quinto Programa marco de la Comunidad Europea de acciones de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración (1), y sobre todo a la Posición común del Consejo, aprobada el 12 febrero de 1998, Recuerda su Resolución sobre el futuro de la investigación colaborativa en los sectores del carbón y del acero, aprobada por unanimidad en la sesión n° 336 de 20 de junio de 1997 (2);
Recuerda su Resolución sobre el fondo de investigación aprobada por unanimidad en la sesión plenaria de 10 de octubre de 1997 (3), que había sido objeto de una Decisión del Consejo Europeo el 16 de Junio de 1997 en Amsterdam, El Comité Consultivo hace hincapié en los aspectos siguientes: 1) Varios estudios independientes (4) (5) (6) han probado que la investigación CECA en los ámbitos técnico y social ha tenido unos resultados en extremo positivos, ya que ha podido demostrarse su notable rentabilidad. Un instrumento de investigación de una eficacia tal debería mantenerse a toda costa en el futuro.
2) Las industrias del carbón y del acero ya han contribuido sustancialmente a resolver los problemas planteados a nuestra sociedad y pueden seguir haciéndolo. Estas dos industrias brindan y continuarán brindando numerosas oportunidades de empleo en la Unión Europea. La creación de aceros de muy alto rendimiento progresa en todos los sectores usuarios. El acero es un material de gran calidad tanto desde el punto de vista económico como del ecológico. Por su parte, el carbón puede representar una materia prima importante y una fuente de energía fiable para la Europa del mañana, sobre todo en la producción de electricidad.
Es necesario a este respecto intensificar la investigación para hacer del carbón un combustible ecológico que no sea oneroso para el medio ambiente tratando las emisiones ácidas y otras fuentes de contaminación. Los materiales con nuevas propiedades, así como las tecnologías desarrolladas y que se están desarrollando en las industrias del carbón y del acero significarán otras tantas oportunidades de exportación a los mercados mundiales, lo que vale también para las exportaciones de los sectores que surten a estas dos industrias. En este contexto se impone también destacar el hecho de que, con la adhesión de los países de Europa central y oriental, la importancia de los sectores del carbón y del acero aumentará de manera considerable.
3) La decisión de no prorrogar el Tratado CECA y de dejarlo expirar en el plazo previsto, el 23 de julio de 2002, aprobada por el Consejo de Ministros de Industria (7), siempre ha ido pareja con la promesa de las autoridades políticas de favorecer la introducción progresiva en los instrumentos políticos de la Unión Europea de los intereses de las industrias del carbón y del acero, y especialmente de la investigación. 4) La experiencia de la integración de los sectores carbón y acero en el Cuarto Programa marco dista de ser satisfactoria, por lo que ahora es indispensable que se trate al carbón y al acero en igualdad de condiciones respecto a los demás sectores en lo referido a su integración en el Quinto Programa marco.
El carbón y el acero poseen un gran potencial de futuro comparados con materiales competidores. El Comité Consultivo CECA se congratula de que el Consejo destaque «que procede reforzar la integración en el Quinto Programa marco de las actividades que se llevan a cabo actualmente en virtud del Tratado CECA, que expira en el 2002» (8). El Comité Consultativo CECA se felicita también del mantenimiento de las actividades de investigación y de desarrollo tecnológico de carácter general mediante la elaboración de nuevos y mejorados materiales y tecnologías de producción en el sector siderúrgico.
Por otra parte, el Comité Consultivo CECA defiende que, en la actuación fundamental sobre una energía económica y eficaz para una Europa competitiva, el punto relativo a la mejora de la prospección, de la extracción y de la utilización de las fuentes de energía no se limite a los hidrocarburos, tal como figura en la Posición común del Consejo, sino que se aplique a todos los combustibles en la Posición común del Consejo, sino que se aplique a todos los combustibles fósiles. (1) Doc. COM(97) 142 final. (2) DO C 220 de 19.7.1997, pp. 12/14. (3) DO C 356 de 22.11.1997, pp. 6/7. (4) «Evaluación de los efectos económicos de los programas de investigación CECA», junio de 1994, informe preparado por el Sr.
Trentini. (5) «Evaluación del programa de investigación CECA», septiembre de 1996, informe preparado por Smith Vincent & Co. y Geoffrey Walton Practice. (6) «Investigación social CECA», 1996, informe preparado por Enrico Gibellieri y otros. (7) Conclusiones del Consejo de Ministros de Industria de 24 de noviembre de 1992. (8) Doc. 6108/1/98 de 24 de marzo de 1998.