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DICTAMEN DEL CONSEJO de 1 de diciembre de 1998 sobre el programa de convergencia de Dinamarca, 1998-2005

CELEX
31999A0106(01)
Document type
OPIN
Sector
Legislation
Date of document
1998-12-01
In force since
1998-12-01
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

DICTAMEN DEL CONSEJO de 1 de diciembre de 1998 sobre el programa de convergencia de Dinamarca, 1998-2005 Diario Oficial n° C 003 de 06/01/1999 p. 0001 - 0002 DICTAMEN DEL CONSEJO de 1 de diciembre de 1998 sobre el programa de convergencia de Dinamarca, 1998-2005 (1999/C 3/01) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1) y, en particular, los apartados 1 y 2 de su artículo 9, Vista la recomendación de la Comisión, Previa consulta al Comité monetario, HA EMITIDO EL SIGUIENTE DICTAMEN:

El 1 de diciembre el Consejo examinó el programa de convergencia para Dinamarca, que cubre el período 1998-2005. El programa contempla un excedente presupuestario del 2,6 % del producto interior bruto (PIB) en 2001 y del 3,5 % del PIB en 2005. El Consejo considera adecuado que el programa se centre en la consolidación del presupuesto, acompañada por la continuación de la reforma estructural. Por otra parte, el Consejo considera que el programa en cuestión es coherente con las orientaciones generales de política económica. El programa se ha elaborado basándose en una previsión macroeconómica que demuestra que una desaceleración en la fuerte demanda interna llevó el crecimiento de años recientes a un crecimiento real del PIB de más del 2 % hacia el final del período de referencia.

Para que se concrete la hipótesis macroeconómica, y dada la elevada utilización de la capacidad y la severidad del mercado de trabajo en Dinamarca, es fundamental un continuo crecimiento de la oferta laboral mediante la reforma del mercado de trabajo. El Consejo observa que la materialización de la hipótesis de crecimiento elevado parece realizable, pero requiere, inter alia, una continua reforma del capítulo de la oferta en la economía danesa. Con respecto a la inflación, Dinamarca sigue cumpliendo el criterio de convergencia con cierto margen. El tipo de cambio fijado en relación con el euro constituye una importante condición para mantener bajas las perspectivas de inflación.

No obstante, la inflación inducida subyacente se ha acelerado claramente durante 1998 y, dadas la situación avanzada en el ciclo económico de Dinamarca y la severidad del mercado de trabajo, existen riesgos para el futuro panorama de la inflación. Toda amenaza inflacionaria deberá contrarrestarse mediante la política fiscal y, sobre todo, a través de nuevas mejoras estructurales en el mercado de trabajo. Dinamarca ha cumplido con el criterio de convergencia en lo relativo al tipo de interés a largo plazo para un amplio período. Este hecho subraya la confianza que los mercados otorgan al objetivo de tipo de cambio de la política monetaria danesa.

El Consejo observa con satisfacción que la participación de Dinamarca en el MTC2 permitirá a ese país reforzar aún más la citada confianza en su política monetaria. El Consejo acoge con satisfacción la pretensión del programa de incrementar el superávit del presupuesto público para el período de referencia al 2,6 % del PIB en 2001 y al 3,5 % del PIB en 2005. Esto se logrará mediante un aligeramiento de la carga fiscal más que compensarse por una reducción de los gastos primarios y de los pagos de intereses netos. En este contexto, el Consejo considera que se requiere un control más estricto del gasto de gobierno.

El Consejo observa con satisfacción la previsión de que la tasa bruta de endeudamiento público en Dinamarca descienda por debajo del 60 % en 1998. El Consejo acoge con agrado la ulterior reducción planteada para 2005 de dicha tasa por debajo del 40 % del PIB. El Consejo observa con satisfacción que tal reducción se obtendrá por medio de significativos supéravit en el saldo primario. El Consejo observa con satisfacción que la actual posición presupuestaria de Dinamarca resulta ya coherente con los requisitos del Pacto de estabilidad y crecimiento. El programa prevé nuevas mejoras en el superávit público, incrementando de esa forma el margen de seguridad y permitiendo así el funcionamiento de los muy amplios estabilizadores automáticos daneses.

La no participación de Dinamarca en la moneda única puede sin duda requerir tal margen de mayor seguridad. El Consejo acoge con satisfacción las reformas estructurales incluidas en el programa. La reforma fiscal, que se aplicará en el período 1999-2002, debería hacer aumentar el ahorro privado y disminuir las distorsiones del actual sistema fiscal. La reforma del mercado de trabajo, ya propuesta por el Gobierno, resultará esencial para mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo. El Consejo exhorta al Gobierno de Dinamarca a tomar otras medidas si las reformas propuestas se demostraran insuficientes.

(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

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