Conclusiones del Consejo de 8 de junio de 1999 sobre la integración de las exigencias en materia de protección de la salud en las políticas comunitarias Diario Oficial n° C 195 de 13/07/1999 p. 0004 - 0004 CONCLUSIONES DEL CONSEJO de 8 de junio de 1999 sobre la integración de las exigencias en materia de protección de la salud en las políticas comunitarias (1999/C 195/02) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, CONFIRMANDO sus Resoluciones de 20 de diciembre de 1995(1) y de 12 de noviembre de 1996(2) y sus Conclusiones de 30 de abril de 1998(3) sobre la integración de las exigencias en materia de protección de la salud en las políticas comunitarias y tomando nota de que, tal como se solicitaba en dichas Resoluciones y Conclusiones, la Comisión está estableciendo métodos y criterios adecuados como base para la integración de las exigencias sanitarias en otras políticas comunitarias y para la evaluación del impacto de las políticas comunitarias sobre la salud humana;
REITERA su invitación a la Comisión para que ésta incluya en sus informes anuales sobre la aplicación del programa global de trabajos del año anterior secciones sobre el impacto en la salud pública y para que indique en su futuro programa anual todas las propuestas que pueden tener un impacto en la protección de la salud; LAMENTA que no se haya presentado aún el cuarto programa sobre la integración de las exigencias en materia de protección de la salud en las políticas comunitarias (1997); INSTA a la Comisión a que presente urgentemente su cuarto informe; DESTACA que se ha reforzado la obligación de integrar la salud en las demás políticas comunitarias;
CONSIDERA que los futuros informes deben seguir un enfoque orientado a los problemas y centrarse en los temas de importancia inminente, teniendo en cuenta las prioridades del nuevo programa de salud pública. (1) DO C 350 de 30.12.1995, p. 2. (2) DO C 374 de 11.12.1996, p. 3. (3) DO C 169 de 4.6.1998, p. 1.