Resolución del Consejo, de 28 de octubre de 1999, sobre la incorporación de la historia en la acción cultural de la Comunidad Diario Oficial n° C 324 de 12/11/1999 p. 0001 - 0004 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO de 28 de octubre de 1999 sobre la incorporación de la historia en la acción cultural de la Comunidad (1999/C 324/01) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Considerando lo siguiente: (1) La cooperación y la integración europeas deberían estar basadas en la conciencia y la protección de la diversidad cultural y en el entendimiento recíproco de los pueblos europeos; ello es especialmente válido ante la próxima ampliación de la Unión Europea.
(2) La vida cotidiana de los pueblos de Europa ha sido moldeada por experiencias históricas diferentes; el conocimiento de las experiencias y la memoria común refuerza los vínculos entre los ciudadanos de Europa y contribuye a la construcción de una conciencia europea. (3) Europa es también una comunidad de valores compartidos; la integración europea sobre los principios fundamentales de los derechos humanos, el Estado de Derecho y la democracia es el resultado de experiencias históricas que constituyen nuestra herencia común actual; el conocimiento de la historia de los pueblos europeos contribuye a consolidar estos principios políticos y los valores que implican en la conciencia de los ciudadanos de Europa.
(4) En la transmisión del conocimiento histórico, junto a la enseñanza de la historia y del arte en la escuela -que es responsabilidad de los Estados miembros-, adquieren cada vez más importancia los libros, la televisión, los nuevos medios de comunicación, los museos, las bibliotecas, los archivos y las filmotecas. (5) En la reunión de expertos dedicada a la historia cultural europea en el siglo XXI, celebrada del 25 al 26 de enero de 1999 en Bonn, se han examinado un amplio abanico de medidas positivas para estimular la conciencia histórica de los pueblos europeos, por ejemplo: - el fomento de la traducción de obras históricas, - el fomento del intercambio de producciones documentales históricas entre los proveedores europeos de radio y televisón, - el impulso de la cooperación a escala europea entre los museos de historia;
CONVIENE EN - la necesidad de contribuir, mediante una cooperación más estrecha entre los Estados miembros y otros organismos pertinentes, a un mejor conocimiento mutuo de la historia y de las diferentes experiencias históricas de los pueblos europeos, - la necesidad de prestar atención al ámbito de la historia no sólo en el marco de las medidas comunitarias para el estímulo de la cultura, sino también en otros programas de promoción, como, por ejemplo, en el ámbito de la educación y la investigación, teniendo en cuenta la necesidad de coherencia y complementariedad entre las medidas comunitarias de promoción;
INVITA A LA COMISIÓN - a tomar debidamente en cuenta proyectos en el ámbito de la historia, al aplicar -una vez adoptado- el instrumento de planificación y financiación único para el estímulo de la cooperación cultural, así como otros instrumentos pertinentes, - a velar por que tales proyectos conserven al máximo un carácter paneuropeo, con el fin de aumentar el conocimiento y la comprensión de la historia de los pueblos europeos, realizando de esta forma una contribución importante a la cooperación y a la integración europea, - a esforzarse por lograr una estrecha cooperación con el Consejo de Europa y con la Unesco en lo relativo a los proyectos en el ámbito de la historia, - a garantizar la coordinación entre los programas y actividades existentes en los ámbitos pertinentes.